La IGJ dio un ultimátum al reempadronamiento de sociedades y ONGs

La Inspección General de Justicia (IGJ) creó un Registro de Entidades Inactivas (REI) y dio un ultimátum hasta el 30 de abril a sociedades, asociaciones civiles y fundaciones para que cumplan con el reempadronamiento que la repartición lanzó en 2010, con sucesivos alargues. Con la Resolución IGJ 4/2014, publicada ayer en el Boletín Oficial, las entidades que hayan presentado la declaración jurada del reempadronamiento, pero habiendo recibido observaciones, no hayan subsanado las omisiones o deficiencias, se encuentran imposibilitadas de concluir trámites registrales ante el organismo.

Esos trámites son inscribir en el Registro Público de Comercio reformas al estatuto, cambios de domicilio, renovación o cambios de autoridades, aumentos o reducciones de capital, y presentar estados contables anuales, recordó Javier Panno, de Auren.

Las entidades que al 30 de abril próximo no hayan presentado el reempadronamiento, se incorporarán al Registro de Entidades Inactivas. En el año 2010, la IGJ implementó el reempadronamiento de sociedades, el que obliga a la presentación de una declaración jurada de actualización de datos para las sociedades comerciales, sociedades extranjeras, binacionales, asociaciones civiles y fundaciones, precisó Panno, y añadió que los datos a informar incluyen autoridades vigentes, sede social, estados contables presentados y tasas adeudadas.

El hecho de que una entidad esté incorporada al REI como inactiva “no obsta al ejercicio de las facultades de fiscalización y sancionatorias” de la IGJ, “ni implica liberación de las obligaciones ante el mismo ni al pago de la tasa anual”.

Los deberes son, además de pagar esa tasa anual (hoy en un máximo de $ 2.500), presentar estados contables anuales, inscribir autoridades vigentes y cualquier modificación a sus estatutos, enumeró Panno.

La misma Resolución crea el Procedimiento de Cumplimiento con el objeto de permitir a las entidades incluidas en el REI, cambiar su estado luego de presentar todos los trámites que corresponden a las obligaciones impuestas por la IGJ.

El REI podrá ser consultado en la página de Internet de la IGJ y el organismo lo pondrá en conocimiento de la AFIP y la ANSeS. También del Ministerio de Desarrollo Social, la Secretaría de Deportes, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, y todo otro ente público que corresponda.

La IGJ podrá solicitar a la Justicia la disolución y liquidación de las entidades incluidas en el Registro de Entidades Inactivas, remarcó Panno.

“La creación de este registro formaliza el marco adecuado para verificar el cumplimiento de una exigencia ya conocida por parte de la IGJ, en cuanto al cumplimiento del reempadronamiento y la declaración jurada obligatoria dispuesta a través de la Resolución general 01/2010”, comentó Gonzalo Astiz, de Astiz & Becchio, y agregó que “es importante destacar que aquellas entidades que no regularicen su situación, no podrán materializar trámites registrales ni de inscripción y además estarán expuestas a sanciones”.

El incumplimiento de la presentación de la declaración jurada o la falsedad en la información suministrada es pasible de una multa, que puede llegar a $ 6.000. A esta sanción debe sumarse la responsabilidad específica que podrá imponerse a los directores y síndicos, por eludir la fiscalización.

Fuente: elcronista.com