Legislatura porteña reguló el servicio de "motoqueros"
La Asociación Sindical de Motociclistas, Mensajeros y Servicios (ASiMM), celebró hoy la aprobación de la ley que regula la actividad de la mensajería urbana y el reparto a domicilio de sustancias alimenticias en motos, en el ámbito de esta capital.
La normativa, que incorpora la actividad al Código de Tránsito y Transporte, fue aprobada por unanimidad con 54 votos en la Legislatura porteña.
La ley promueve la creación de un registro obligatorio para la prestación del servicio, con requisitos que apuntan a la seguridad vial, las características de los vehículos, la capacitación del conductor, indumentaria y seguros exigibles.
La regulación apunta a evitar situaciones de trabajo precario y empleo no registrado.
Asimismo, los prestadores deberán contar con habilitación sujeta a un régimen de penalidades que contempla apercibimiento, suspensión de la habilitación por 30 días y baja del permiso, en caso de que "el servicio se preste con acompañantes, o mediante una unidad no registrada, o mediante un conductor no registrado".
"En el marco de la resolución de la Comisión Nacional de Comunicaciones, que definió el concepto de mensajería urbana y le dio una identificación propia dentro de la actividad postal en general, esta ley la reconoce formalmente y la incorpora al código de tránsito y transporte de la Ciudad, algo por lo que venimos peleando hace muchos años", expresó el secretario general de ASiMM, Marcelo Pariente.
En un comunicado, el dirigente subrayó que "ahora la legislación está en sintonía con la normalización y el ordenamiento que buscamos para nuestra actividad. La creación del registro de empresas, trabajadores, y vehículos, va a permitir un mejor control sobre los actores del sector".

