INFORMACIÓN GENERAL
Micros de más de 12 años deberán aprobar revisión técnica para circular
Los vehículos de autotransporte de pasajeros de carácter interjurisdiccional, turismo e internacional modelos 2000, 2001 y 2002, podrán continuar prestando servicios siempre que aprueben la Revisión Técnica Obligatoria (RTO).
Así, la resolución 894/2012 del Ministerio de Interior y Transporte difundida hoy modifica el artículo 53 de la Ley de Tránsito 24.449, que establece la prohibición de utilizar unidades con más de diez años de antigüedad para el transporte de pasajeros.
Pero la misma norma permite "disponer mayores plazos de antigüedad en tanto se ajusten a limitaciones de uso, tipo y cantidad de carga, velocidad y otras que se les fije en el Reglamento y en la Revisión Técnica Obligatoria".
Las unidades modelos 2001 y 2002 podrán continuar prestando servicios hasta el vencimiento de la R.T.O., siempre y cuando esta última haya sido aprobada con anterioridad al 31 de diciembre de 2013.
La certificación extendida al efecto permitirá la continuidad de las unidades en servicio hasta el vencimiento de la habilitación de la misma, excepto las pertenecientes al modelo 2000 que caducarán indefectiblemente el 31 de diciembre de 2013.
Fuente: Télam

