Norma CNV: Sólo los cuotapartistas podrán interponer amparos
Desde el martes pasado, los fondos comunes de inversión (FCI) vienen consultando a sus abogados qué podían hacer para frenar la norma de la Comisión Nacional de Valores (CNV), que se publicó el viernes, que los obliga a valuar los activos en dólares sin contabilizar la brecha cambiaria o cómo podían accionar los cuotapartistas contra ellos.
Al consultar, son más serios en la intención de accionar contra el gobierno los fondos independientes que los que dependen de los bancos, porque estos no quieren pelearse con el gobierno. Para ambos, las respuestas no son alentadoras, según coincidieron los abogados consultados, ya que son los cuotapartistas quienes podrían interponer los amparos, en tanto las administradoras podrían presentar un reclamo administrativo que eventualmente habilite la vía judicial contra CNV. Las sociedades gerentes no podrían presentar un amparo por la dificultad para demostrar que la CNV haya actuado en forma ilegítima. Aunque la medida esté mal confeccionada, el organismo tiene facultades legales para emitir una norma de valuación.
"El amparo es una vía que es para cuestiones casi de puro derecho donde la arbitrariedad e ilegitimidad es manifiesta. En este caso, la discusión sobre el criterio de valuación es de carácter técnico y el amparo no es aconsejable", dijo un abogado que recibió consultas una vez que la norma había sido publicada.
En tanto, las administradoras tampoco podrían probar que sufren un daño patrimonial, porque en realidad los que se ven perjudicados son los cuotapartistas. Así es que son ellos quienes podrían pedirle a la justicia que los ampare por un daño patrimonial. Ellos podrían demostrar el perjuicio que se produce a la hora de realizar un rescate por la diferencia entre la valuación contable y el precio real del activo en el mercado.
"El amparo se pide en forma particular, no existen los generales, pero si le da a favor, podría generar jurisprudencia para que CNV suspenda la norma", explicó otro abogado, que recibe consultas desde el primer día. La otra vía es interponer un reclamo administrativo contra CNV por la inconstitucionalidad de la norma y, mientras tanto, una cautelar que suspenda por seis meses el efecto de la resolución. Si el organismo lo rechaza o es denegado por un silencio de 90 días hábiles, queda habilitada la vía judicial para presentar una demanda en el fuero Contencioso Administrativo. Este fuero, donde se cuestionan los actos administrativos del Estado nacional, cuenta con la mayoría de sus doce jueces nombrada por el Gobierno.
Las consultas legales no se limitaron a los fondos, sino que también incluyeron a empresas que entraron en pánico por ser inversores. Se trata de compañías que habían comprado bonos para realizar el contado con liquidación inverso y al momento de liquidar los títulos se encontraron con las bajas de precios por la masiva venta de las administradoras. Y de otras que temían tener que valuar sus activos del mismo modo que los fondos.
Se estima que es difícil que alguna administradora se anime a enfrentarse al Gobierno. Así que ya desde el viernes son los inversores, a los que CNV tiene que proteger, los verdaderos perjudicados.
Fuente: elcronista.com