ENTREVISTA AL DR. JUAN MANUEL BIANCHI | AUTOR DEL LIBRO "ACCIÓN DECLARATIVA EN EL DERECHO TRIBUTARIO"

Nuevo libro sobre "Acción declarativa en el derecho tributario"

Días pasados la editorial Aplicación Tributaria S.A presentó el primer libro del Dr. Juan Manuel Jorge Bianchi, "Acción declarativa en el derecho tributario", un excelente trabajo que tiene su origen en una tesis presentada por el autor en el 2010 para la carrera de Magister en Derecho Triutario.

En una entrevista exclusiva con eLeVé, el autor nos brinda una síntesis de las temáticas que desarrolla en la publicación, destacando además que su nueva obra es una herramienta útil para el asesoramiento de clientes cuando éstos últimos, se encuentran en un verdadero estado de incertidumbre ante alguna decisión del Fisco.

¿Cuáles son las principales temáticas que desarrolla en su nuevo libro?

Desarrolla la procedencia de la acción declarativa en el derecho tributario. En esa inteligencia, se abordan los requisitos esenciales que hacen a su operatividad, la utilización como medio idóneo para evitar el solve et repete, la receptibilidad de las medidas cautelares dentro de la misma acción declarativa; y los efectos beneficiosos que resultan de ella, cuando es utilizada en el marco de las ejecuciones fiscales

¿Que procedencia tiene la acción declarativa en el derecho tributario?

Es mi tesis del magister en derecho tributario que realicé en la Pontificia Universidad Católica Argentina. En prieta síntesis, postulo –a partir del análisis de la jurisprudencia de los tribunales especializados las razones por las cuales la acción declarativa es procedente en materia tributaria.

¿Qué aportes le brinda este trabajo a los profesionales que desarrollan su tarea en el area?

Les brinda una herramienta útil a fin de que puedan asesorar a sus clientes cuando éstos últimos, se encuentran en un verdadero estado de incertidumbre ante alguna decisión del Fisco y, de esa manera, evitar pagar lo que no es adeudado, ahorrándose futuras acciones de repetición y consecuencias económicas inesperadas.

¿De que manera los contribuyentes pueden hacer valer sus derechos ante las administraciones tributarias?

Básicamente de varias maneras, ellos pueden optar por recurrir ante el órgano que dictó la resolución determinativa (de conformidad con lo establecido en el art. 76 inciso a) de la ley 11.683) o bien interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación (art. 76 inciso b). Ahora bien, hay veces que los planteos que realiza el Fisco Nacional no pueden ser encuadrados en ninguno de los dos supuestos que establece la ley 11.683. En esta situación, emerge como una gran alternativa, la acción meramente declarativa.

¿Cuál es la principal utilidad que se le da a la acción declarativa en el ámbito tributario?

Despeja toda duda respecto de una relación jurídica determinada entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y los contribuyentes.

¿Qué ejemplo puede dar de un caso concreto en que se deba realizar una acción declarativa?

Hay muchos, pero por ejemplo, se utilizó en el año 2002 para dilucidar si los contribuyentes podían utilizar el mecanismo del ajuste por inflación en los balances de sus empresas y/o sociedades de hecho. Otro ejemplo, de su operatividad es cuando se la utiliza para despejar la duda respecto de si un responsable se encuentra exento de un determinado tributo.

¿Sobre qué temáticas tiene pensado realizar su próxima publicación?

Versará – Dios mediante- sobre el impuesto a las donaciones, sus alcances, consecuencias y efectos sobre los demás impuestos de los contribuyentes. Con posterioridad, abordaré algunos tópicos que se expusieron en el último Congreso de la International Fiscal Association.

Por Ángeles Bellomo