CONSUMO
Impulsan ley para sancionar a comercios que incumplan con Precios Cuidados
Desde el kirchnerismo se presentó ayer la tercera iniciativa en el Congreso para agravar y ejecutar sanciones a comercios que incumplan con el programa Precios Cuidados. El último proyecto, impulsado por diputados miembros de La Cámpora, otorga a los inspectores la facultad de clausurar locales en caso de detectar publicidad engañosa o falsa, busca evitar dilaciones judiciales para eludir multas, pone la reincidencia como un agravante manifiesto y crea sanciones “accesorias”, como el decomiso de mercadería.
El proyecto tiene como autor al diputado Juan Cabandié, pero acompañan con su firma otros nueve legisladores del Frente para la Victoria (FpV), ocho de ellos militantes de La Cámpora. Plantea modificaciones a la ley 22.802 de lealtad comercial, que regula la publicidad, presentación e identificación de productos, uno de los ítems por los que más denuncias se reciben por el programa Precios Cuidados. “Las infracciones aumentan año a año y vemos con preocupación que las sanciones aplicadas no llegan a disuadir a las mismas empresas de no cometer nuevas infracciones”, explicó el legislador.
Desde el Ministerio de Economía confirmaron que, si bien los índices fueron bajando, se reciben un promedio de mil denuncias por día desde enero. A esto apuntan las iniciativas que ya transitan el Congreso y que llegaron desde diversos sectores del kirchnerismo.
Clausura reincidente
Entre las reformas a la legislación vigente que plantea el proyecto, incorpora la posibilidad de “clausurar provisionalmente un establecimiento, a efectos de hacer cesar la conducta que infrinja las normas establecidas” por “un plazo máximo de cuarenta y ocho horas”.
Otro eje clave es la reincidencia. La ley vigente consideraba reincidente a quien, tras cometer una infracción, incurra en otra “de igual especie”. “La ambigüedad del texto anterior resultó en infinidad de infracciones apeladas y hasta el pedido de modificación de la normativa vigente a través de un fallo judicial”, explica el diputado en sus fundamentos. La nueva ley determina que será reincidente quien “cometa dos o más infracciones a la ley en el término de tres años –detalla el diputado por la Ciudad–, despejando así cualquier duda respecto de que las infracciones deban ser idénticas”.
Además, “en los casos de reincidencia o desobediencia a una orden de cese se duplicarán los límites mínimo y máximo de las multas”, que hoy van de $100 a 500.000 pesos. Cifras que el proyecto, por otro lado, no altera. Y agrega una nueva figura agravante: “Quienes, en el término de tres años, cuenten con más de diez sanciones firmes por infracciones a esta ley, deberán ser sancionados con doble del máximo de la multa prevista”. El otro eje crucial de la propuesta es la creación de sanciones accesorias, como el “decomiso de la mercadería en infracción” y la “clausura del establecimiento en el que se haya labrado el acta de infracción por un plazo de hasta diez días”.
Al proyecto de Cabandié lo acompañan Diana Conti y los camporistas Eduardo “Wado” De Pedro, Andrés “el Cuervo” Larroque, Mayra Mendoza, Marcos Cleri, Josefina González, Lautaro Gervasoni, Horario Pietragalla y Anabel Fernández Sagasti.
Otros proyectos
La propuesta de Cabandié se suma a las iniciativas que ya habían lanzado otros dos legisladores del oficialismo.
El primero fue el senador Aníbal Fernández, quien propuso reformar las leyes de Defensa del Consumidor y de Lealtad Comercial para que los infractores deban pagar sus multas para poder apelar la sanción. El siguiente fue el diputado Héctor Recalde, con otros catorce legisladores, quien elevó una medida integral: incorpora lo propuesto por el ex jefe de Gabinete y agrega el acortamiento de plazos administrativos, el incremento en todas las multas y acelera el procedimiento para que el Estado avance con la expropiación de mercadería o de intervención de un producto específico en casos de maniobras especulativas o de desabastecimiento.
LAS CLAVES DEL PROYECTO
Sustitución
El proyecto presentado por el legislador porteño sustituye el artículo 14º de la Ley 22.802 de Lealtad Comercial
Clausura
Habilita a los inspectores a avanzar en la clausura de un comercio en caso de encontrar infracción a la ley de Lealtad Comercial, que regula la publicidad y señalamiento de productos. Podrá ser de hasta 48 horas, para hacer “cesar la conducta” que infringe la ley o proteger la prueba de la infracción.
Reincidente
Se considerará “reincidente” a quien en el plazo posterior a tres años desde una sanción por incumplir la ley vigente incurra en una nueva infracción. En estos casos, se duplicarán las multas, que podrían llegar como máximo al millón de pesos. Para los que acumulen más de diez sanciones en tres años, directamente se la deberá aplicar la máxima multa prevista.
Decomiso de mercadería
A las penas previstas en la ley vigente le suma dos sanciones “accesorias”: la posibilidad de decomisar la mercadería en infracción o de clausurar un local por hasta diez días.
Sin remarcar
El proyecto tambíen ordena el “cese de la rotulación, publicidad o la conducta que infrinja las normas establecidas por la presente ley, durante la instrucción del pertinente sumario”.
Fuerza pública
La nueva norma que impulsan desde el oficialismo y específicamente desde La Cámpora habilita y autoriza a los funcionarios a “examinar y exigir la exhibición de libros y documentos, verificar existencias, requerir informaciones, nombrar depositarios de productos intervenidos, proceder al secuestro de los elementos probatorios de la presunta infracción, citar y hacer comparecer a las personas que se considere procedente pudiendo recabar el auxilio de la fuerza pública si fuere necesario”.
Fuente: BAE