Presentan un per saltum para que la Corte se expida sobre el fallo de Griesa
Por primera vez, la Corte Suprema tendrá un caso para expedirse en relación con el conflicto que Argentina mantiene con los fondos buitre y el fallo que los benefició, dictado por el juez neoyorquino Thomas Griesa. El economista y ex diputado Mario Cafiero presentó ayer un pedido de "per saltum" para que sea el máximo tribunal el que se pronuncie formalmente en la controversia y para que la justicia local impida al Poder Ejecutivo acatar cualquier resolución de tribunales extranjeros en materia de deuda pública. La presentación –había sido rechazada en primera instancia– está apoyada en la inconstitucionalidad de la denominada "prórroga de la jurisdicción", que permitió que los tribunales de Nueva York sean competentes ante litigios de la reestructuración de las obligaciones externas. La Procuración General de la Nación deberá expedirse antes de que la Corte decida si acepta tratar la demanda o la rechaza.
El planteo del recurso extraordinario por salto de instancia que formó el Expediente Nº 1464 fue interpuesto por Cafiero, que hoy integra el espacio de Frente Amplio UNEN, pero se remonta a una demanda iniciada el pasado 11 de julio ante el Juzgado Nº 12, a cargo interinamente de Macarena Marra Giménez.
La jueza del fuero contencioso administrativo federal argumentó su rechazo en la "falta de legitimación" de Cafiero para accionar como ciudadano. La magistrada consideró que no es suficiente para demostrar un perjuicio. Con ese antecedente, el economista intentará ahora llegar a la Corte en base a la gravedad institucional que –consideró– implica el fallo a favor de los buitres.
En síntesis, la demanda a la que accedió Tiempo Argentino busca que sea la Corte la que declare inconstitucional la intervención de jueces foráneos. Y dicte la "nulidad absoluta, insanable y manifiesta" del marco jurídico y regulatorio que habilitó la "renuncia a inmunidades soberanas en materia de deuda pública".
ANTECEDENTES. La Corte ya tuvo en sus manos un expediente en la materia iniciado por Fedecamaras, pero obtuvo un revés en la consulta a la Procuración por no ser competencia originaria del máximo tribunal. La diferencia en esta causa radica en que, aunque no prosperó en primera instancia, la competencia del fuero contencioso fue aceptada, por lo que se cumplió el primer requisito de sentencia definitiva para el salto de instancia. De todas formas, la Corte podría rechazarlo con el mismo criterio de Marra Giménez y evitaría intervenir en el conflicto, lo que sería una señal política.
"Tengo confianza plena en nuestro planteo de fondo. Creo que es imposible fundamentar en base a la Constitución la prórroga de jurisdicción en materia de deuda", sostuvo Cafiero ante este diario. Y señaló que eso sólo es permitido para cuestiones vinculadas con los Derechos Humanos.
"El máximo tribunal no puede desentenderse de este problema como hizo la Corte estadounidense. ¿Va a hacer el mismo juego de evitar expedirse sobre una cuestión tan grave?", afirmó el economista. Además, estimó que, "más tarde o más temprano", los jueces supremos tendrán que emitir opinión.
El planteo de Cafiero, de tener éxito en lograr por parte de la Corte un fallo contrario al de Griesa, no generaría un efecto cascada en las reestructuraciones de 2005 y 2010. Ocurre que no cuestiona el monto de la deuda, sino el establecimiento de la jurisdicción foránea para los pleitos emanados de ellas.
Hasta ahora, el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, mostró una postura ambivalente. Primero, recordó que, en 2005, ese tribunal avaló la pesificación y la salida del default con el argumento de que "la deuda debe ser pagada, pero no a costa del sacrificio del pueblo". Sin embargo, días más tarde, remarcó que "hay que cumplir" el fallo de Griesa.
"Nosotros no podemos opinar sobre un juez extranjero ni sobre un fallo porque sostenemos que las sentencias se tienen que cumplir, en la Argentina y en todo lados", aseguró. Se diferenció así de su par Eugenio Zaffaroni, quien se había mostrado crítico con el fallo a favor de los buitres, al calificar a Griesa como un juez "municipal, de trocha angosta".
ARGUMENTOS. Cafiero apeló al artículo 1047 del Código Civil que obliga a los jueces a actuar de oficio ante incompatibilidades de leyes o normas a la Carta Magna, más allá de quien lo solicite. Y justificó en base al texto original del Código Procesal Civil y Comercial "el principio de improrrogabilidad absoluta" de la jurisdicción al que un mes después del golpe de Estado de 1976, la dictadura le incluyó un párrafo que admitía tal posibilidad.
Según Cafiero, "las sentencias deben cumplirse si emanan de tribunal competente y siempre que no violen el orden público. En el fallo de Griesa no se cumplen ninguna de estas condiciones. Los artículos 116, 117, 75, 4, 27, 29 y 31 de la Constitución son claros: no puede prorrogarse jurisdicción en deuda pública."
A eso se agrega que, en 1993, el ex ministro de Economía Domingo Cavallo impulsó la modificación de un artículo de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 para permitir esa prórroga. Hay otros planteos interpuestos por ciudadanos y organizaciones civiles que están recorriendo tribunales en Capital Federal, Neuquén y Mar del Plata, además de otros que se preparan en Chaco, Córdoba y Mendoza, los que también podrían en algún momento escalar hasta la Corte.
Fuente: Tiempo Argentino