Silvia Grenabuena presentó su nuevo libro "Planes de Facilidades de Pago 2018"

En una entrevista exclusiva, la Doctora Silvia Grenabuena, autora del libro Planes de Facilidades de Pago, nos pone al tanto de los regímenes de facilidades de pago vigentes para cancelar deudas con la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Tenemos entendido que la Administración Federal de Ingresos Públicos ha establecido nuevos planes de facilidades de pago para las obligaciones que están bajo su orbita ¿Qué nos puede comentar sobre el tema?

La realidad que tienen hoy en día los contribuyentes, y principalmente las PyMEs, es que no pueden hacer frente a las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, debido a la baja en el nivel de actividad, la suba de las tasas de interés, aceleración de la devaluación del peso y ruptura de la cadena de pagos. Esta situación lleva a que cada vez las deudas con los Organismos Fiscales recaudadores cada vez sean más altas, y lleven al cierre de muchos emprendimientos.

Atendiendo a esta situación, consideramos que la AFIP dispuso en el mes de julio un nuevo plan de facilidades de pago permanente para todos los contribuyentes y derogó el anterior, mediante el dictado la Resolución General N° 4268.

Este plan de facilidades dispone que a mayor nivel de cumplimiento, mejor calificación y, por lo tanto, más beneficios, y si presenta una garantía electrónica, tendrá un costo menor de financiación, el máximo de cuotas pasará de 6 a 8 y la cantidad de planes por contribuyente pasa de 4 a 6.

Como podemos apreciar son tantos los requisitos y el hecho que otorga más facilidades a quien tiene mejor calificación y cumplimiento de obligaciones, hace casi imposible el acceso a la financiación de los sujetos que están más atrasados en sus obligaciones.

Ante esta situación, en el mes de agosto dispuso un nuevo plan de facilidades de pago, aplicable a la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones, vencidas hasta el día 30 de junio de 2018, inclusive.

Este plan esta reglamentado por la Resolución General N° 4289, y su principal atractivo, es la cantidad máxima de cuotas que permite solicitar, ya que se pueden pedir planes de pago de hasta 48 cuotas, siempre que el monto no sea inferior a $ 1.000.

Además, permite la reformulación de planes de facilidades vigentes al 30 de junio de 2018, presentados según las Resoluciones Generales Nros. 3827 –plan de facilidades de pago permanente anterior- y 4099.

La adhesión a los planes de facilidades de pago de la Resolución General N° 4289 se podrá formalizar hasta el día 31 de octubre de 2018.

Entonces, en estos momentos ¿nos podría comentar cuáles son los planes de facilidades de pago que están vigentes para cancelar las deudas por obligaciones que recauda la AFIP?

En este momento, están vigente el plan de facilidades de pago dispuesto por la Resolución General Nº 4289 que permitir la regularización de las deudas impositivas y de los recursos de la seguridad social, con vencimiento de presentación y pago hasta el 30 de junio de 2018, inclusive, el cual se podrá formalizar hasta el día 31 de octubre de 2018, inclusive; y el régimen de facilidades de pago permanente de deudas por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social y aduaneras, aprobado por la la Resolución General Nº 4268.

Además, la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció dos regímenes de facilidades de pago para casos especifícos a saber:

• Régimen de facilidades de pago para la cancelación de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, dispuesto por la Resolución General Nº 4057

• Régimen de facilidades de pago permanente para los sujetos que hayan sido excluidos del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), aprobado por la Resolución General Nº 4166.

¿Alguno de estos planes de facilidades de pago, establece quita o reducción de las deudas?

No, la cancelación de las obligaciones a través de cualquiera de los planes de facilidades de pago mencionados, no implica la reducción o eliminación de los intereses que se devenguen sobre la obligación principal, ni la liberación de las pertinentes sanciones o cargos suplementarios.

Se trata de planes de facilidades de pago de todo lo adeudado, no son moratoria con condonación de deuda y sanciones.

Teniendo en cuenta que como nos esta comentando la AFIP ha aprobado estos nuevos planes ¿la editorial piensa editar algún material sobre dichos regímenes de facilidades de pago?

Si, hemos sacado a la venta un libro de mi autoría, en versión papel y digital, donde se analiza y comentan los cuatro planes de facilidades de pago mencionados anteriormente, y se desarrollan casos prácticos de situaciones alcanzadas por las distintas normas.

¿Cuándo estará disponible este material?

A partir de esta semana ya esta a la venta ambas versiones, y en caso que salgan modificaciones a alguno de los planes de facilidades vigentes, el material será actualizado a través de internet, como hacemos con todos nuestros libros.

La editorial ¿piensa sacar otros materiales sobre este tema?

Si, la idea es hacer cursos on-line sobre cada uno de los planes de facilidades vigentes.

Pueden obtener el nuevo libro de Planes de facilidades de pago desde el sitio web de Aplicacion Tributaria en versión papel y versión digital