Tucumán dispuso nuevos procedimientos para contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral
La Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán dispuso a partir del período fiscal 2014, inclusive, que los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral (excepto los encuadrados en el artículo 8º) deberán liquidar y determinar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los anticipos correspondientes a la jurisdicción de Tucumán mediante la utilización del programa aplicativo local denominado SIAPRE.
La medida fue dispuesta a través de las Resoluciones General 82/13, 83/13 y 84/13 y obedece a la falta de adecuación del sistema denominado SIFERE a lo dispuesto por Tucumán en el nuevo régimen de anticipos establecidos en la RG (DGR) 140/12 y su complementaria RG /DGR) 141/12.
Aquí se estableció que el formulario CM 03 (de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral) tendrá carácter de declaración jurada mensual informativa para Tucumán. En este orden, se debe utilizar para pagar los anticipos a esta jurisdicción mediante el mecanismo de pago implementado por el organismo mediante la RG (CA) 9/2005.
Además, se dispuso que el formulario CM 05 pasa a revestir el carácter de declaración jurada informativa, salvo en la determinación del coeficiente unificado, que sigue siendo la declaración jurada anual determinativa.
La jurisdicción de Tucumán recuerda que mantiene la obligatoriedad de presentar los formularios de declaraciones juradas CM 03 y CM 05.
Fuente: CPCE Córdoba