LAVADO DE DINERO

UIF pidió a la cámara que el juez Torres indague a Hernán Arbizu

La Unidad de Información Financiera (UIF) se presentó ayer en la Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal para apelar la decisión del juez Sergio Torres de no indagar a Hernán Arbizu, el arrepentido del banco JP Morgan que lavó dinero para fortunas de la Argentina como Clarín, Ledesma y Constantini. El organismo que encabeza José Sbatella busca desde 2012 que el magistrado decida realizar la citación que provoque su imputación en la causa, con lo cual se dejarían de lado los procesos de extradición que se abrieron por las causas que por el mismo caso se llevan adelante en los Estados Unidos.

Con la presencia del presidente del tribunal Horacio Cattani y los jueces Martín Irurzun, y Eduardo Farah, la UIF expuso los antecedentes del caso y buscó desestimar la interpretación que realizó Torres en primera instancia. El magistrado sostuvo en esa ocasión que la investigación (sobre 469 empresas a las que se les lavaba el dinero) no se encontraba en trámite, puesto que los hechos que Arbizu puso en conocimiento del tribunal habían ocurrido –en todo de acuerdo con lo por él relatado– en el exterior, y ninguno había tenido efectos en la Argentina ni fueron ejecutados a ciudadanos argentinos."

Sin embargo, el análisis de la información que se secuestró en las computadoras de las oficinas que JP Morgan tiene en Avenida Madero contradice la hipótesis de que Arbizu sólo prestó funciones en Nueva York y no formó parte de las maniobras denunciadas. Ese allanamiento fue ordenado por el mismo magistrado hace ya cinco años, pero sigue sin generar que el juez deje de ignorar el relato y las pruebas que tiene Arbizu. Otra de las claves que confirman que Arbizu trabajaba en Argentina fueron los 117 mails del Blackberry que el Morgan le dio a Arbizu y que Tiempo Argentino publicó en exclusiva. Esos documentos prueban las relaciones del arrepentido con los gerentes del banco en el país y muchos de los clientes que hoy son investigados por lavado de activos a través de la estructura del JP Morgan.

Además, la UIF sostuvo la aplicación del principio real o de defensa en cuanto a los hechos que Arbizu pueda haber cometido desde algún país del exterior, pero que sin lugar a dudas tuvieron efectos en la Argentina, afectando así el bien jurídico protegido por el tipo penal que es el orden económico y financiero. En esta línea también se resaltó la posibilidad de aplicar al caso la figura legal del "arrepentido", en virtud de que el juez de primera instancia insiste en considerarlo tan solo un denunciante y no parte del caso.

Fuente: Tiempo Argentino