PREVISIONAL

Una jueza resolvió que aplicarle Ganancias a los jubilados es inconstitucional

En un fallo firmado el 31 de marzo pasado, pero difundido en las últimas horas, la jueza federal de Concepción del Uruguay, Beatriz Aranguren declaró inconstitucional la aplicación del Impuesto a las Ganancias a jubilados y ordenó a la AFIP y a la ANSeS que le restituyan al demandante todo el dinero que le descontaron, incluidos los intereses. El fallo, de primera instancia, puede generar más reclamos en esa línea, y se suma a otro similar tomado esta semana por el juez de Mar del Plata, Alfredo López.

Conocida primero en Entre Ríos, y replicada a través del sitio web El Miércoles Digital, la resolución expresa que “la jubilación no es una ganancia, sino el cumplimiento del débito que tiene la sociedad hacia el jubilado”. Tal vez esa sea la definición más relevante de Aranguren en la causa iniciada por Emilio Esquivel Humbert, en el marco de una demanda contra la AFIP. Se trata de una acción declarativa presentada por el jubilado ante la Justicia federal, en pos de que le reintegren los descuentos que le realizaron desde que se jubiló, en 2006. La jueza así lo entendió y dijo que “no puede ser pasible de ningún tipo de imposición tributaria”, debido a que “se estaría desnaturalizando el sentido de la jubilación”.

Casi en paralelo, se conoció el caso de otro jubilado que había iniciado una demanda y al cual la Justicia ordenó no retenerle Ganancias hasta que que se actualice el mínimo no imponible. Se prevé que el caso sea apelado por el Gobierno, pero representa un precedente para futuros reclamos. El fallo lo decidió el juez marplatense López, quien sostuvo que “el salario no es ganancia” y señaló al Congreso nacional como el responsable de sancionar los impuestos.

Entre los fundamentos de su fallo, el magistrado recordó que durante años el mínimo no imponible no se actualizó o se ajustó por debajo de los índices de inflación. Y también que el Ejecutivo no hizo caso a los pedidos del Congreso para que se actualizaran los topes en tiempo y forma.

A principios de este año, la Corte se expidió al respecto sobre una sentencia de la Cámara Federal de Corrientes. El máximo tribunal decidió revocarla, aunque aclaró que no se trató el fondo del caso. De ese modo, la posibilidad de reclamar por cuestiones similares quedó abierta, y en la Justicia creen que los pedidos se seguirán produciendo.

El martes pasado la Corte exhortó al Gobierno, al Congreso, al Ministerio Público, al Consejo de la Magistratura y a la Cámara Federal de Seguridad Social a elaborar estrategias tendientes a solucionar el estado de colapso en el que se encuentra el Poder Judicial en relación a juicios iniciados por jubilados. La decisión de la Corte se leyó como un reto a la ANSeS para que pague los juicios en tiempo y forma, sin apelar de manera innecesaria. La resolución tuvo rápido rebote, ya que el titular del organismo previsional Diego Bossio aseveró que “se están pagando las sentencias como nunca, en tiempo récord” y que espera que “no haya más juicios en 2016”. Además, desde la ANSeS recordaron que sólo el 0,13% de los jubilados que se incorporaron iniciaron juicios contra el Estado; es decir, solamente 428 de 323.957 nuevos beneficios que se otorgaron.

Fuente: Cronista.com