DR. ENRIQUE SCALONE | VICEPRESIDENTE 1º DE I.F.A.

"AFIP confía más en la actuación de los profesionales que en el desempeño de sus propios RRHH"

Los organismos de recaudación fiscal vienen incrementando desde hace tiempo las cargas administrativas que deben cumplir las empresas. Lógicamente, dichas obligaciones recaen siempre sobre los contadores, quienes deben afrontar mayores costos debido a la incorporación de personal de apoyo para cumplir con todas los deberes, sin que ello repercuta en un aumento de sus honorarios.

Según el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño, “se debe buscar un equilibrio para que el aumento en la eficacia de los organismos de recaudación y control no genere un perjuicio para los matriculados”.

En sintonía con esta opinión, el vicepresidente 1º de la Internacional Fiscal Association (I.F.A.), Dr. Enrique Scalone, consideró en una entrevista exclusiva para Aplicación Tributaria S.A. que –al delegar sus propias funciones– “el fisco confía más en la actuación de los profesionales que en el desempeño de sus propios recursos humanos”.

¿Cuál es su opinión con respecto al sistema tributario en general?

En cuanto a sus principales impuestos, el sistema tributario nacional está alineado con los sistemas tributarios más modernos. La presión tributaria ha crecido en relación a los impuestos sobre los ingresos (ganancias y complementarios: contribuciones previsionales y de seguridad social sobre los salarios, transferencia de inmuebles y premios en juego de azar) y, de esta manera, se balanceó lo que se consideraba hace diez (10) años un sistema tributario regresivo por la preeminencia que existía de la presión fiscal de los impuestos sobre el consumo (impuesto al valor agregado, internos, combustibles, etcétera).

En ese sentido, no parece necesario que se produzcan reformas al sistema en general, aunque algunos aspectos de los tributos en particular pueden ser perfeccionados.

Es distinto el caso de los impuestos distorsivos y algunos impuestos provinciales sobre los ingresos brutos y sellos. Todos ellos contribuyen, por sus características, a ser distorsivos de la economía.

¿Qué son los impuestos distorsivos?

Los impuestos distorsivos como las retenciones sobre las exportaciones y el impuesto sobre los débitos y créditos bancarios son considerados así por cuanto inciden fuertemente en la conducta y toma de decisiones de los factores de la economía y constituyen un elemento más que contribuye a las otras distorsiones que hoy soporta la economía nacional: fijación arbitraria del tipo de cambio, intervencionismo en los mercados de precios y regulación de la producción energética, entre otras cosas.

¿Qué efectos tienen las retenciones sobre las exportaciones?

La aplicación de retenciones a las exportaciones de productos primarios e hidrocarburos es una forma de apropiación por el Estado de la renta de los particulares pero, en este caso, con la particularidad de ser altamente inequitativo, porque se produce una captación de los ingresos brutos provenientes de las exportaciones, y no la capacidad contributiva expresada por la renta.

Así, las retenciones afectan por igual a quienes obtienen altas rentas de su actividad destinada a la exportación como a explotaciones de pequeñas y medianas empresas, cuyas rentabilidades, de por sí inferiores por razones de escala, se ven incididas de tal manera por este tributo que pueden ver afectada hasta su existencia misma como empresas. Obviamente, esta situación desincentiva la inversión y perjudica con ello al desarrollo económico del país.

¿Cuáles son los efectos del impuesto sobrelos débitos y créditos bancarios?

Este impuesto no capta capacidad contributiva, puesto que grava a la circulación monetaria, actuando como una cuña negativa para el flujo normal de los capitales e ingresos. Su incidencia en los negocios es fuerte, tanto que aquellos que poseen bajos márgenes de rentabilidad unitaria pueden verse fuertemente afectados por tener que abonar un tributo que puede absorber porciones sustanciales de la rentabilidad de tales empresas.

Por tal razón, también desincentiva la inversión y la realización de negocios, afectando diferencial e inequitativamente a distintos sectores económicos en función de la incidencia real que tenga el tributo sobre sus respectivos márgenes de utilidad.

¿Qué rol le cabe a los contadores públicos en dicho contexto?

Los Consejos Profesionales, a través de sus comisiones tributarias, constituyen un ámbito muy importante para que las autoridades encargadas del diseño de la política tributaria y de la administración tributaria, puedan recabar y recibir opiniones de carácter técnico que emanan de la experiencia y contacto con la realidad de la economía que los profesionales en ciencias económicas poseen por su tarea diaria.

De hecho, los grupos de enlace con la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) y con organismos provinciales constituyen un buen sistema de interacción técnica entre los sectores privado y público.

Sin embargo, los organismos fiscales están delegando en el contador público obligaciones de información y nuevas responsabilidades por el cumplimiento fiscal de los contribuyentes, las cuales exceden el rol que le cabe al profesional.

Lo que busca el fisco con dicha delegación de tareas es sustituir obligaciones que le son propias por la actuación de profesionales en quienes confía más que en sus propios recursos humanos; pero ello, no es justificativo para la delegación en el profesional de elementos de responsabilidad que le caben, ya sea al propio fisco por su función de control del cumplimiento fiscal, como a los contribuyentes mismos que deben cumplir cabalmente con sus obligaciones fiscales.

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño denunció mayores costos por aumento de cargas tributarias, ¿cuál es su opinión al respecto?

Coincido absolutamente con lo manifestado por la entidad. La modernización de la Administración Federal de Ingresos Públicos, que gracias a la positiva gestión de su titular, está hoy a la altura de otras administraciones tributarias modernas de países desarrollados, permite al organismo fiscal contar con recursos materiales y humanos de alta calidad, lo cual torna injustificado que se pretenda hacer recaer sobre las empresas una cantidad de obligaciones como agentes de retención, percepción e información, responsables sustitutos, etcétera cuyo único objetivo es el control del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

Estas tareas administrativas, sumamente farragosas y que insumen considerable número de horas profesionales y administrativas del sector privado, implican altos costos de cumplimiento que exceden los que racionalmente son esperables a cargo de las empresas. Esto se torna aún más injustificable si se advierte, como se dijo, que la Administración Federal de Ingresos Públicos se encuentra hoy en condiciones de cumplir por sí misma con estas obligaciones de control y recaudación.

¿Qué puntos deberían tenerse en cuenta para lograr un sistema tributario eficiente?

No puede hablarse de un sistema tributario eficiente en sí mismo si no se incluye en el análisis el comportamiento del gasto público que los ingresos tributarios están llamados a financiar. La eficiencia debe evaluarse en función del sistema fiscal en general, ponderando la eficiencia del ingreso y del gasto público. El comportamiento del sistema tributario no tiene capacidad intrínseca para corregir las distorsiones de malas decisiones del Estado en materia de gasto.

Dicho esto, un sistema tributario económicamente eficiente debe preservar en primer lugar su función básica: la suficiencia de la recaudación. Ello por cuanto un sistema tributario equitativo en su diseño puede naufragar si no produce la recaudación pretendida. Por otra parte, los impuestos deben tender a afectar en la menor medida posible la toma de decisiones de los factores de producción, tanto los productores, como los trabajadores y los consumidores. En la medida en que las decisiones de tales factores puedan ser adoptadas teniendo en cuenta sus efectos en sí mismos, sin verse afectadas por las cargas impositivas, los efectos negativos para la eficiencia del sistema se verán disminuidos.

En relación a ello, ¿qué expectativas tiene con respecto al próximo ministro de Economía, Dr. Martín Lousteau?

Los antecedentes técnicos del flamante ministro son positivos. Sin embargo, su pública adhesión a una política de fuerte intervención del Estado en la economía, como viene ocurriendo en la actualidad, no nos permite ser optimistas en cuanto a la posibilidad de cambios positivos tendientes a una mayor transparencia de los mercados y de las decisiones públicas.

Sería muy recomendable que, además de contemplar las necesidades de los industriales y afines, adoptara medidas favorables a los intereses del consumidor, quien se ve fuertemente afectado por el proceso de alta inflación que la política económica produce en el país.

La reducción de la inflación atacando sus causas, que están en la política de expansión monetaria producida por el propio Estado, es lo que se espera del Dr. Lousteau.

¿Existen puntos de coincidencia entre nuestro sistema tributario y el de los otros países latinoamericanos?

Excepto el caso de Brasil, que tiene un sistema tributario particular y complejo, los principales países de la región vienen adoptando pautas comunes en las principales herramientas tributarias. Chile ocupa el liderazgo en esta materia y Argentina no le va en zaga. Recientemente, Uruguay ha producido una reforma tributaria que coloca a su sistema en sintonía con los de los restantes países de la región, si bien mantiene su tradicional criterio de fuente en su impuesto a la renta. En tal sentido, resulta positiva la evolución, si bien lenta, de los países de la región hacia la línea de los sistemas tributarios eficientes de las naciones desarrolladas.

¿Cuáles son las ventajas de implementar normas internacionales de contabilidad?

Las bases imponibles de los distintos tributos de las empresas, principalmente los impuestos a la renta y sobre los activos o patrimonios, se basan en la noción de “valor”. Para la cuantificación adecuada de la verdadera capacidad contributiva de las empresas, es necesario que la base sobre la cual se aplican las alícuotas de los tributos sea determinada por métodos económicamente aceptados por la generalidad de la comunidad.

Por eso, resulta positivo introducir en nuestro país normas de aceptación general en materia contable, pues, la contabilidad constituye la base o punto de partida para la determinación tributaria.

¿Considera que el cuerpo de normas contables nacionales es acorde a los requerimientos de nuestra economía?

Si bien ha habido alguna evolución reciente en las normas contables nacionales, es necesario que la legislación aplicable permita la realización de un ajuste por inflación, tanto contable como impositivo, aplicado sobre bases racionales. De lo contrario, todo resultado y el patrimonio neto de las empresas va a resultar distorsionado por un fenómeno que, dada su proporción en los últimos años, afecta cada vez más significativamente a la credibilidad de la expresión de los resultados empresarios.

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Esta entrevista fue publicada en diciembre de 2007 en la Revista "Técnica Impositiva" editada por la editorial Aplicación Tributaria S. A.

Por Lic. Mariana Leiva

Exclusivo para Aplicación Tributaria S. A.