ENTREVISTA AL DR. DANIEL BRAIN | VOCAL DE LA SALA 10º DE LA CÁMARA ÚNICA DEL TRABAJO DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA

"Es urgente cambiar la legislación laboral actual"

En el marco de las VIII Jornadas del Centro de la República y I Jornadas de América del Sur de Derecho del Trabajo, organizadas por la Asociación Argentina del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, nuestra editorial entrevistó al Dr Daniel Brain, Vocal de la Sala Décima de la Cámara Única del Trabajo de la Ciudad de Córdoba y Presidente de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, Filial Córdoba por el periodo 2009/2011.

De esta forma nos explicó cual su visión acerca de las próximas Jornadas y del panorama laboral en nuestro país, además de mostrarnos su opinión en lo que tiene que ver con la legislación que atañe a los riesgos del trabajo.

Daniel Brain es abogado. Actualmente se desempeña como Vocal de la Sala Décima de la Cámara Única del Trabajo de la Ciudad de Córdoba y también como profesor de grado y de post-grado de las Universidades Nacional de Córdoba, Católica de Córdoba y Universidad Empresarial Siglo XXI. Es también Presidente de la Asociación Argentina de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, Filial Córdoba por el periodo 2009/2011 y editó varios libros acerca del Derecho Procesal y del Derecho del Trabajo. Ejerce actividad a la vez como conferencista en diferentes foros que tienen que ver con el ámbito laboral

¿Cuáles son las principales temáticas que van a tratar en las Jornadas?

Las temáticas mas importantes a tratar van a ser las siguientes:

- La reparación por daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el Mundo y en especial en países como la Argentina, Uruguay, Brasil, Chile, Francia, España, etc.,-

- La Discriminación Laboral.

- La Negociación Colectiva y la crisis económica.

- Los Derechos Fundamentales del Trabajo en el Siglo XXI.

¿Qué problemas se repiten a nivel laboral en los diferentes países de América Latina?

En general América Latina padece de problemas similares, tales como la desocupación, que obviamente varía en cada región pero que en algunos casos posee cifras muy altas que se ubican por encima del quince por ciento (15%), como sucede en Argentina, llegando incluso a porcentajes superiores al 20% en Brasil, Colombia y Venezuela. Aunque eso no hable públicamente es muy parecido a lo que pasa en España, que tiene una desocupación que ronda el 17,9%, con peligro cierto de alcanzar el 21% en pocos meses. La diferencia es que allí se lo dice, justamente para enfrentar el problema mientras que en Argentina se lo oculta y lo que es peor aun, se informa de manera incorrecta señalando que es inferior al 10%. También el trabajo infantil y trabajo esclavo que aunque los medios periodísticos muchas veces no lo publiquen en países como Argentina, Brasil, Uruguay y Centroamérica es muy alto. Otro factor tiene que ver con la precarización laboral, algo que en Argentina está cambiando positivamente, pero dónde aún se mantienen porcentajes elevados de trabajo informal y sub empleo que puede ubicarse alrededor del 40% con salarios muy inferiores a los necesarios para que puedan considerarse dignos, una legislación laboral insuficiente para proteger a los trabajadores de la precarización, además de sub empleo, falta de protección a la salud, acceso a la educación y a la salud debido a la informalidad laboral y a la insuficiencia de las prestaciones de la Seguridad Social. Indudablemente estos problemas están relacionados con la crisis económica pero además por la falta de una política de Estado en cada uno de los países de América Latina, que considere al trabajo como un derecho humano fundamental y no como una herramienta de producción. Esa política de Estado debe ser asumida integralmente con una legislación moderna y progresiva que tenga por finalidad mejorar la calidad de vida y condiciones de los trabajadores. Todo ello sin olvidar también que no existe – ni siquiera por aproximación – una Seguridad Social suficiente y adecuada. Todos los países de América Latina – con excepción de Chile , sufren los mismos embates por políticas laborales erróneas.

¿Cómo ve el mercado laboral en nuestro país en el mediano plazo?

Lamentablemente no lo veo bien, ni en el mediano ni en el largo plazo a menos que se produzca un verdadero cambio en las decisiones de los gobernantes y de quienes deben actualizar la legislación laboral. Digo de los gobernantes porque para que haya una reactivación económica y por ende un mejoramiento de los salarios, disminución de desempleo, disminución de precarización laboral, es necesario y urgente que se instrumenten políticas económicas claras, con seguridad jurídica, o sea, con leyes de mercado que garanticen tanto al empleador como al trabajador una continuidad productiva, ya que la economía se encuentra ligada a la producción y la producción al trabajo. No pueden escindirse y no veo que a mediano plazo se piense en la economía como un medio de protección del empleo, sino que se la piensa con fines meramente recaudatorios y fiscales. En este mismo sentido a los legisladores también les cabe su responsabilidad, ya que, por ejemplo, desde el año 2004 la Corte Suprema de Justicia de la Nación les viene diciendo que la Ley de Riesgos del Trabajo posee diversos aspectos que son inconstitucionales y hasta la fecha no ha habido respuesta del Congreso de la Nación además de que la anhelada norma consensuada no resulta posible, a tal punto que próximamente el Poder Ejecutivo Nacional piensa ampliar por decreto el listado de enfermedades profesionales y el monto de las prestaciones dinerarias. Entiendo que hay que escuchar lo que la Corte ha sostenido y legislar en consecuencia, aunque con ello los empresarios piensen que los perjudica, porque en definitiva la norma apunta a proteger a los trabajadores y no a los empresarios y va dirigida a los trabajadores que son quienes ponen su fuerza de trabajo a disposición del empleador. Tampoco veo que las políticas para reducir el desempleo y el trabajo informal hayan sido suficientes y ello es un verdadero flagelo que termina destruyendo la economía y la producción, ya que se produce un círculo vicioso, cuanto mayor es la informalidad y el desempleo mayor es la falta de recursos genuinos para esa misma producción y para el trabajo.

¿Cuáles son las condiciones laborales de los trabajadores en la Argentina?

Si por condiciones laborales entendemos la prevención de los riesgos por accidentes y enfermedades, habría que diferenciar a los grandes empresarios con los pequeños. Los primeros por lo general han adoptado una cultura y una conciencia de “prevención de daños”, justamente porque la falta de cumplimiento a las condiciones de higiene y seguridad termina perjudicando su propia producción. En cambio los pequeños comerciantes y pequeñas empresas están atravesando un verdadero problema porque los costos de la prevención no pueden ser absorbidos por los ingresos por bienes y servicios, ya que resulta muy gravoso cumplir con la normativa específica. Ello por supuesto no lo exime de cumplir con la legislación de prevención, pero la realidad indica que son muy pocos los empresarios pequeños o medianos que cumplen con las normas de higiene y seguridad y con las condiciones laborales específicas. Generalmente el mayor porcentaje de incumplimiento de la normativa laboral se verifica en los pequeños y medianos empresarios, porque está ligado al costo laboral, aunque algunos de ellos es por una cultura irrazonable y no por aspectos económicos o financieros. Creo que la solución debe venir de la misma manera que vino– aunque sea en parte – con los trabajadores del servicio doméstico o de casas de familia, donde con un aporte que se gradúa en función de las horas trabajadas, ese trabajador puede estar dentro del sistema con cobertura de obra social, aportes jubilatorios, pudiendo el empleador asegurar cualquier contingencia por accidentes personales mediante un seguro que hoy tiene un costo insignificante de $ 15 por cada $ 100.000 de reparación. Si eso mismo se traslada a los pequeños y medianos empresarios indudablemente van a mejorar las condiciones laborales de muchos argentinos que hoy están fuera del sistema.

En general, ¿cuál es la situación de los trabajadores en relación a los derechos laborales?

La Argentina posee una de las legislaciones laborales más avanzadas de América, con una regulación completa de los derechos laborales de los trabajadores, pero resulta necesario hacer algunos ajustes, dando mayor prioridad a la negociación colectiva, como sucede en Europa y específicamente en España, incluso otorgando la posibilidad de la mediación en los conflictos laborales, que es materia pendiente aun en la legislación laboral. En nuestro país así como en Brasil, Perú, Bolivia y México, por citar algunos, existe mucha conflictividad y mucha desconfianza en los sujetos del conflicto, ya que en esos casos descreen de la mediación o del arbitraje voluntario. Los derechos laborales están muy bien marcados y protegidos por nuestra legislación interna y por las normas y tratados internacionales, que la Argentina aplica directamente desde la reforma de nuestra Constitución en el año 1994 (art. 75 inc. 22 C.N., pero existe exceso de conflictividad y se estima que están judicializados, por citar el ejemplo de Córdoba,el 80% de los conflictos, cuando por la mediación debería llegar solamente al 20%.

¿ Cuales son los principales cambios que podemos observar en el siglo XXI con respecto a los derechos de los trabajadores?

A mi me parece y así lo veo en la doctrina y en la jurisprudencia, que el cambio principal ha sido considerar al trabajo no ya como un hecho humano y social, como lo llamaba el maestro Vazquez Vialard, sino como un Derecho Humano Fundamental. O sea, ha pasado del rango de un ser un hecho humano a ser un Derecho Humano y eso no es poca cosa, pues la visión en el mundo, indudablemente va a ser distinta, a tal punto que nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación así lo considera y lo ha plasmado en todas sus decisiones, tanto en la esfera del Derecho Laboral como en el Penal, el Civil, el Constitucional, por mencionar algunos. Existe una progresividad en la visión de estos derechos pero faltaría que esa visión sea plasmada en la legislación laboral, modificando, ampliando, comprendiendo derechos nuevos y un cambio en la conciencia colectiva de que los derechos son derechos fundamentales e imprescindibles para que una sociedad siga creciendo.

¿Cuál es la situación en materia de legislación laboral?

Ha habido un gran avance en la legislación laboral pero no es suficiente. No hay que tener miedo y es posible creer que una legislación laboral no solamente tiene derechos sino también obligaciones, que un cuerpo normativo puede regular tanto a unos como otros. Sin embargo yo creo en la auto-regulación (que indudablemente proviene de la negociación colectiva) para enfrentar los tiempos que se avecinan y que es tema de un panel en las próximas jornadas de octubre. La negociación colectiva sana y madura puede aportar excelencia en el tratamiento de los problemas que debe enfrentar la sociedad y el mercado de trabajo, a partir de la crisis económica, financiera y global, pero también en la crisis coyuntural de un determinado país. La crisis no es laboral ni de las normas del derecho laboral sino principalmente financiera y ello produce un efecto cascada en el mercado de trabajo. Para encontrar soluciones a corto, mediano y largo plazo considero que ya deberían estar trabajando los empresarios, sindicalistas y el Estado en una gran concertación colectiva pero, lamentablemente, eso aun no ha sucedido .

¿Cómo ve actualmente a los trabajadores con respecto a los riesgos laborales?

En inferioridad de condiciones con respecto al resto de la sociedad, como ya dije, con escasa prevención en algunas empresas, con una legislación que no los protege, con reparaciones económicas insuficientes y con alta tasa de conflictividad y judicialización de esos conflictos. En ese panorama no podemos decir que vamos bien.

¿Cree que hay una desprotección hacia ellos?

Indudablemente los más desprotegidos son los trabajadores que están fuera del propio sistema como los desempleados, los sub-empleados y los que no están registrados o defectuosamente registrados laboralmente, porque ese segmento de trabajadores no pueden acceder a un seguro o cobertura por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, no poseen obra social, no pueden acceder al crédito, ni siquiera pueden gestionar una tarjeta de crédito, o sea, son verdaderos indocumentados laboralmente a quienes la sociedad misma no los protege porque lamentablemente están excluidos de la sociedad. Y al decir excluidos de la sociedad es porque no participan del sistema de provisiones que la sociedad brinda a quienes están bancarizados, poseen recibos de haberes y realizan aportes jubilatorios. Entonces ni siquiera tienen protección ante cualquier riesgo laboral porque la Aseguradora de Riesgos del Trabajo tampoco los puede tener en el sistema. Hay que adoptar de manera urgente una política de inspección en el trabajo que se ocupe de esta franja importante de trabajadores y tratar de revertir esta desprotección real, palpable, que se ve día a día.

¿Se planteó la necesidad de modificar o reemplazar la Ley de Riesgos del Trabajo?

Desde los distintos organismos profesionales, tanto académicos como organizaciones de abogados laboralistas de todo el país, además de la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación, se viene afirmando que esta Ley de Riesgos del Trabajo no puede sostenerse, porque fue elaborada por economistas y no por juristas, con el único objetivo de “cerrar la caja”, con prestaciones insuficientes, absurdas, que atentan contra la dignidad del trabajador damnificado, con trámites burocráticos inútiles, como es el paso por las comisiones médicas, con limitación y violación del acceso a la justicia, con flagrantes violaciones al juez natural, con montos de reparaciones que no se ajustan ni siquiera a los mínimos que uno podría eventualmente considerar y así podríamos enumerar una serie de situaciones que marcan que esta ley ya no está en terapia intensiva, está en coma irreversible y por ende es preciso que se elabore una nueva ley, moderna, que tenga por objetivo fundamental preservar los derechos constitucionales y humanos de los trabajadores que han sufrido una minusvalía de su capacidad por el trabajo.

¿Qué cambios a nivel legislativo y judicial harían falta para que las relaciones de trabajo alcanzaran su estado óptimo?

Los podríamos enumerar. A nivel legislativo: la discusión, tratamiento y dictado de una nueva ley de reparación de infortunios laborales, incluso hasta cambiando el propio titulo de la ley porque al decir, como dice actualmente “Ley de Riesgos del Trabajo” parecería que le están tomando el pelo a los trabajadores. También habría que incluír la protección total de la mujer trabajadora, con normas de protección que se ajusten a la legislación internacional y a las convenciones y tratados internacionales (como aconteció recientemente con los trabajadores menores). Asimismo sería necesario mejorar el control e inspección de las empresas que poseen altos índices de clandestinidad laboral, ya que ello trae como consecuencia la precarización, el sub-empleo, el desfinanciamiento del sistema previsional y social; la reducción de los costos laborales en las pequeñas y medianas empresas, así como la graduación de los aportes jubilatorios y contribuciones patronales, teniendo en cuenta la cantidad de trabajadores, la facturación y la zona o región de la empresa, entre otros aspectos. Es altamente necesario el impulso legislativo de una gran concertación social a través de la negociación colectiva, tendiente a la auto-regulación. A nivel judicial, entiendo que debe dotarse al Poder Judicial de una estructura adecuada para su funcionamiento de manera independiente de los otros dos poderes. Por ejemplo, que no dependa el presupuesto del Poder Judicial del que asigna el Poder Ejecutivo, porque entonces no existirá independencia económica. En esta estructura adecuada indudablemente deben crearse nuevos Juzgados en todo el país, dependiendo de cada provincia, con nuevo personal y recursos materiales pero a ello habría que agregarle el compromiso de los jueces de trabajar todos los días para que el justiciable crea en la justicia; trabajar incansablemente porque los trabajadores esperan del juez, que los escuche, que los atienda y que les solucione su problema y eso solamente se alcanza con una decisión judicial que sea una sentencia justa. No tengo ninguna duda que la inmensa mayoría de los jueces argentinos así lo hacen.

Por Ángeles Bellomo y Norberto Lema exclusivo para ELe- Vé