ENTREVISTA AL DR. ALFREDO CORVINI | PTE DE LA ASOCIACIÓN DE MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS DEL TRABAJO DE LA PCIA. DE BS. AS.

"Las normas existentes para combatir la informalidad laboral se encuentran vigentes y para ello falta que se apliquen correctamente"

Actualmente el empleo informal afecta a 4,4 millones de personas en nuestro país, convirtiédose ésta situación en una problemática central para el mercado laboral argentino, porque genera un vacío de derechos y beneficios que sí prevé la normativa para los trabajadores que se encuentran trabajando en relación de dependencia.

En una entrevista exclusiva, el Dr. Alfredo Corvini, Pte de la Asociación de Magistardos y Funcionarios del Trabajo de la Pcia. de Bs As, brinda un amplio panorama sobre la situación actual del derecho laboral en la provincia, y habla sobre diferentes cuestiones que tienen que ver con la formalidad laboral en nuestro país.

¿Cuáles son las principales problemáticas referidas al derecho laboral que se presentan en la Provincia de Bs. As.?

En primer lugar podemos coincidir, que el principal problema existente tiene íntima vinculación, con la cantidad de trabajadores que se encuentran fuera del sistema formal. Si bien se han implementado distintos programas para la incorporación de trabajadores; la inserción de los mismos resulta por demás complicada.

En el año 2001 el porcentual de desempleo en la Provincia de Bs.As. se encontraba en una media del 17% aproximadamente. Incluyendo aquellas personas que se hallaban desempleadas y subocupadas, ese procentual crecía al 32% En la actualidad a lo largo de estos casi diez años, esa cifra se encuentra incrementada, si bien es cierto, que se han tomado por el gobierno provincial, distintas medidas tendientes a la reinserción del trabajador dentro del sistema, el paliativo resulta tener una eficacia acotada.

Debemos tener en cuenta los distintos factores sociales de dicha problemática, por ejemplo la clase joven que no logra incorporarse al trabajo, agravado esto, por diversas circunstancias como pueden ser: el abandono de la escuela, la falta de capacitación para encontrar un empleo y situaciones de grave exposición (situación de riesgo social), representadas por el incremento en el consumo de drogas y la proliferación del alcohol. En las mujeres la maternidad precoz, es otro hecho que limita por ende el ingreso al primer empleo. Esto conlleva que el índice actual de desempleados y subocupados ascienda en la actualidad a un nivel cercano del 40%.

¿El aumento del salario mínimo puede traer aparejado un incremento en la tasa de desocupación?

Existe desde siempre, la discusión entre el enfoque neoclásico y el keynesiano. Para el primero el aumento de salarios provoca mayores costos y aquellas empresas que no tienen poder de mercado, no pueden trasladar esos aumentos a sus precios, reduciendo sus ventas y generándose por ende el desempleo.

Para el segundo en cambio, el aumento del salario mínimo y una recomposición salarial dentro de lo razonable, aumentaría el poder de compra y el consumo, aunque existiera un alza de precios, generándose entonces que aumente la producción y que las empresas tomen personal.

A mi entender creo que el aumento de salario mínimo, debe enfocarse en la realidad de cada país. En sociedades organizadas y con alta ejecución de las penalidades que establece la ley por la informalidad laboral, esto no debería ocurrir en una magnitud que determina la teoría neoclásica. Sin embargo en los países de Latinoamérica y el nuestro en especial, dicho aumento genera una repercusión en las pequeñas empresas que por su carácter menos competitivo, reducen personal ante el aumento de costos y el no poder trasladarlo a los precios.

Considero entonces que en este caso, los más afectados respecto a ello son los jóvenes y los trabajadores informales, sectores muy vulnerables a los vaivenes del mercado laboral.

Juez del Tribunal del Trabajo Nº 3 de Lanús, dependiente del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, y actualmente también ocupa el cargo de Presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires

¿Cuáles son los cambios normativos pendientes que podrían ayudar a la informalidad laboral?

Considero que las normas existentes para combatir la informalidad laboral se encuentran vigentes y para ello falta que se apliquen correctamente.

Por ejemplo en las Delegaciones del Ministerio de Trabajo, se requiere mayor cantidad de personal para el control de las empresas que contratan personal y no cumplen con las normas de inscripción, manteniendo a los trabajadores fuera del sistema, sin cobertura de tipo previsional, social o sindical; permitiendo además que los trabajadores, se encuentren sin la protección necesaria en cuanto a los riesgos del trabajo. Esto se da comúnmente en la Prov. de Bs. As. en las pequeñas y medianas empresas.

A este respecto puedo afirmar, que la actividad judicial con referencia a la lucha contra este flagelo, se viene realizando desde siempre, aplicando las leyes que adicionan un plus indemnizatorio en estos casos, a la vez de hacer extensivas las sentencias a los socios o componentes de la sociedad en casos de evasión o cuando realizaren actos extrasocietarios, perjudicando a terceros.

También se ha llegado a combatir en sede judicial, otra forma de incumplimiento de registración laboral, la cual se da en aquellos casos de tercerización de producción por las empresas, amparándose en la subcontratación. Son numerosos los fallos que hoy en día resuelven encontrar solidariamente responsable a la empresa principal y la subcontratada, cuando ésta realice tareas que suponen la actividad principal de la primera, sin las cuales no sería posible cerrar su ciclo económico.

Todo ello se logra aplicando correctamente la ley y siendo enérgico en la interpretación de la normativa.

¿Pueden compararse los índices de trabajo informal en Argentina con el resto del mundo?

Aquí habría que determinar de que tipo de países estamos hablando. Por supuesto que con referencia a aquellos del primer mundo, los índices resultan ser altamente superiores . Con aquellos en vías de desarrollo y en especial de Latinoamérica, sí puede comparárselos. Como ya expresara al contestar la primera pregunta que me hiciera, el nivel de informalidad laboral en nuestro país resulta muy alto, y más aún en la Provincia de Bs.As., donde su población se encuentra con mayor exposición a la marginalidad laboral y a la subocupación.

Un país que pretende combatir la informalidad, primero tiene que comprender que ello ocurre por diversas causas: sociales, económicas y culturales, siendo todas ellas hetereogéneas motivo por el cual, las políticas a aplicarse deben estar encuadradas a combatir cada uno de esos factores. De lo contrario, no se logra el progresivo avance hacia una formalidad de la relación de trabajo.

Para ser justos hay que decir que en la Argentina desde el año 2.003, se han implementado distintas políticas tendientes a atacar las causas que originan una marginalidad laboral y sus consecuencias, pero lo cierto es que cada día los jueces nos encontramos ante problemáticas de este tipo, por lo que estimo que las mismas resultan ser insuficientes.

¿Cual es la situación de los asalariados en relación a los derechos laborales?

Debemos en este caso, diferenciar aquellos que se encuentran incluidas en la informalidad laboral y los que están legalmente registrados.

Con los primeros es lógico que exista una carencia de protección de los derechos laborales por su condición de su marginalidad al sistema, muchas veces esos derechos son reconocidos mediante sentencias judiciales, que en un porcentaje alto terminan sin ser cumplidas por la empresa, y ello se debe a diversas causas (falta de capital o bienes para ejecutar; inexistencia de la empresa por haber desaparecido o no encontrarse inscripta, falta de localización de sus integrantes, conversión del tipo societario, etc).

Aquellos que se encuentran registrados también enfrentan diversos problemas, ya que muchas veces la realidad del salario que figura en sus recibos de sueldo, es muy distinta de lo que realmente sucede en el vínculo laborativo. Es común que se paguen por fuera de la normativa, lo que en el derecho laboral comúnmente se denomina “en negro”, por ejemplo: cifras superiores por fuera del convenio colectivo, horas extraordinarias laboradas por el trabajador o plus por producción.

Estas sumas contribuyen a no integrar el sistema provisional y social, con el consiguiente perjuicio no sólo del empleado sino del Estado y directamente termina afectando a la clase pasiva.

Otro aspecto al que puedo referirme es el que se deriva de la aplicación de la Ley de Riesgos del Trabajo (Nº 24.557), la que aún haber sido modificada en diversas oportunidades en cuanto al monto indemnizatorio, sigue esperando una reforma integral con la sanción legislativa de alguno de los proyectos presentados (en la actualidad más de treinta).

Aquí también la Justicia ha sido determinante en la defensa de los derechos del trabajador, habiendo declarado inconstitucional varios artículos de la norma vigente, estableciendo en muchos casos la solidaridad del empleador y la A.R.T. contratada, por la falta de control y vigilancia.

¿Que cambios a nivel legislativo harían falta para que las relaciones laborales alcancen su estado óptimo?

Aunque parezca muy poco optimista, creo que la historia del derecho laboral argentino y por ende, el cumplimiento de la normativa por la población, me hacen descreer en que se llegue a un estado óptimo.

Sin embargo como expresara anteriormente, resulta imperioso una nueva Ley de Riesgos del Trabajo, que ampare ciertos derechos de los trabajadores afectados por enfermedad o siniestros con motivo de su tarea habitual en la empresa e incluya las modificaciones que por vía jurisprudencial han determinado los Juzgados y Tribunales del Trabajo.

Otro punto a tener en cuenta es el aumento de cobertura social para los trabajadores informales y la fiscalización por una Comisión, que asegure el cumplimiento de los derechos laborales.

La sanción de leyes que permitan una capacitación rápida y adecuada de trabajadores con el fin de evitar la mano de obra barata, y de esa forma comenzar a formar trabajadores productivos y calificados.

Se debería también instrumentar en las pequeñas y medianas empresas una rápida actualización de su sistema productivo, a fin de insertarlas en el mercado y evitar que la globalización ocasione su desaparición, con la consecuente pérdida de fuentes de trabajo.

Como vemos no es fácil la solución del problema y tampoco se resuelve con la sanción de leyes, sino con un ataque global a problemas sociales, económicos y de conducta, en aquellos que integran el mundo del trabajo y a su vez la intervención del Estado que ofrezca la protección adecuada a los trabajadores y a aquellas empresas que cumplen con la ley.

Por Ángeles Bellomo para eLeVé