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16 de febrero de 2012
Un contribuyente recibió una intimación por falta de presentación del CITI compras desde abril de 2011, para saber si corresponde su inclusión es suficiente con que figure en el listado de empresas incluidas en el Anexo I de la Resolución General Nº 3034? ¿Por cuánto tiempo deben hacerlo? ¿La presentación es mensual?
Si el contribuyente figura en el anexo de la Resolución General Nº 3034 -actualizado- está obligado a presentar el CITI Compras en forma mensual, sin necesidad de notificación previa. La (...)
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