ARCA confirmó el nuevo límite de percepción del IVA para consumidores finales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ( ARCA) modificó el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para operaciones con sujetos no categorizados, en consonancia con las nuevas medidas basadas en el principio de “inocencia fiscal”, anunciadas el 22 de mayo en el marco del Plan de reparación histórica de los ahorros de los argentinos.

Mediante la Resolución General 5710/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, se considera consumidor final a aquellos sujetos cuya operación no supere los $10 millones, aplicable a ciertos códigos de actividades económicas, como ventas en supermercados, hipermercados, supermercados mayoristas de alimentos y minimercados.

La nueva norma se adecua a lo dispuesto tanto en el decreto 353/2025 como en la RG 5700/2025, que incrementó a $10 millones el importe a partir del cual corresponde identificar en los comprobantes que se emitan al adquirente, locatario o prestatario cuando revista el carácter de consumidor final.

A partir de julio La resolución entrará en vigencia el 1° de julio, según lo establecido en el artículo 2, y busca simplificar los procesos tributarios y mejorar la administración fiscal, impactando directamente en pequeños contribuyentes y consumidores finales.

De esta forma, se modifica parcialmente la RG 2126 de 2006 que dispuso el régimen de percepción, pero sin un umbral determinado.

El Plan de reparación histórica fue presentado el 22 de mayo en una conferencia de prensa ofrecida por el ministro de Economía, Luis Caputo, el director de ARCA, Juan Pazo, y el presidente del Banco Central, Santiago Bausili.

Fuente: Diario BAE