El Gobierno habilitó a nueve provincias a concesionar rutas nacionales con peajes
El Gobierno nacional oficializó la habilitación para que nueve provincias concesionen tramos de rutas nacionales dentro de sus territorios mediante el sistema de obra pública por peaje, aunque sin ceder el control ni la jurisdicción federal sobre esos caminos.
La medida fue dispuesta a través del Decreto 253/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, y establece un esquema de delegación “funcional, limitada, temporal y revocable”.
Los detalles de la medida El texto lleva la firma del presidente Javier Milei, junto al jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques.
Las provincias alcanzadas por la normativa son Córdoba, San Luis, Mendoza, Corrientes, Santa Fe, San Juan, Santa Cruz, Río Negro y Neuquén.
El decreto aclara que la medida no implica la transferencia del dominio público ni de la jurisdicción nacional, que seguirá en manos del Estado. En ese marco, las provincias podrán avanzar con la administración, mantenimiento, reparación o ampliación de los tramos viales.
Para implementar el esquema, cada distrito deberá firmar convenios específicos con la Dirección Nacional de Vialidad (DNA), donde se definirán los tramos, plazos, mecanismos de control y auditoría.
Estos acuerdos requerirán además la aprobación de la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Economía.
Qué pasará con los peajes La normativa fija condiciones estrictas sobre los ingresos: los fondos obtenidos por peajes solo podrán destinarse a los tramos concesionados, sin posibilidad de financiar otras obras o corredores.
Además, se establece que los sectores delegados no podrán integrarse en licitaciones conjuntas con rutas de otras jurisdicciones, lo que limita la conformación de corredores más amplios.
Otro punto clave es el plazo: las provincias tendrán un año para llamar a licitación desde la firma de los convenios. Si no lo hacen, la delegación quedará automáticamente sin efecto.
En tanto, si una concesión se extingue por cualquier motivo, el Estado nacional retomará la gestión del tramo.
El decreto se apoya en la ley 17.520, que habilita al Poder Ejecutivo a otorgar concesiones de obra pública, y en el Decreto-Ley 505/58, que regula el sistema troncal vial. También se inscribe en los lineamientos de la ley 27.742, orientada a la reorganización del Estado y la descentralización de funciones.
Por último, la norma fija que las concesiones no podrán superar los 30 años de duración, estableciendo un tope para este tipo de contratos.
Fuente: Ambito.com

