ARCA extendió el plazo para Ganancias y Bienes Personales
Luego de los pedidos de los contadores y sobre el tiempo límite, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió el plazo para la presentación de la declaración jurada del impuesto a las Ganancias y Bienes Personas.
"Nuevo plazo para presentar y pagar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales", publicó ARCA en la red social X. Así la nueva fecha quedo en el próximo jueves 26 de junio -inclusive- y se oficializará mañana con la publicación de una Resolución General en el Boletín Oficial.
La decisión por parte del fisco nacional se da luego de que los contadores llevarán a cabo una ola de reclamos al propio ministro de Economía, Luis Caputo. Y que en las últimas horas el sistema del fisco nacional se encuentre caído.
En los próximos minutos según pudo saber El Cronista, el organismo emitirán un comunicado en donde remarcará que en esta oportunidad -y a diferencia de gestiones anteriores- los aplicativos de las declaraciones juradas de ambos impuestos estuvieron en tiempo y forma.
"Nos dirigimos a Uds., en representación de los 24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas que integran nuestra Federación, con el objetivo de informarles que estamos recibiendo inquietudes de los colegas a través de los Consejos Profesionales respecto a la imposibilidad de realizar las presentaciones cuyos vencimientos operan en el día de la fecha", marcaron desde la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
Así, el presidente José Ignacio L. Simonella y el secretario Oscar Fernández, remarcaron que, si bien por momentos se subsanan cuestiones técnicas, "inmediatamente se vuelve a cortar y su funcionamiento es intermitente, lo que hace imposible operar".
Gestión "pro" contribuyentes La medida por parte del fisco va en línea con los últimos movimientos. A mediados de mes, ARCA lanzó un nuevo plan de facilidades de pago para regularizar deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025.
"Podrán adherir personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (Tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector de la salud y el resto de los contribuyentes", puntualizaron en la publicación de X.
Sin límite en la capacidad de planes, con una tasa fija del 50% de la tasa de interés resarcitoria vigente (adelanto de que bajará del 4% al 2,75%) , aunque sin reducción de intereses ni sanciones y con la posibilidad de adhesión hasta el 30 de diciembre de 2025.
"Las cuotas serán mensuales, iguales, consecutivas, con un monto mínimo de $ 2.000. El plan caducará a los 60 días corridos desde que se verifique la falta de pago de dos cuotas, sean consecutivas o alternadas", puntualizaron en el fisco.
Fuente: El Cronista