El salario mínimo sube a $341.000
Desde el 1° de enero, el salario mínimo, vital y móvil (SMVM) aumentó a $341.000 para los trabajadores mensualizados con jornada legal completa. Para los trabajadores jornalizados, el valor de la hora quedó fijado en $1.705.
La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dispuso la actualización mediante la Resolución 9/2025, luego de que el Consejo del Salario Mínimo no alcanzara un acuerdo. La medida forma parte del cronograma de incrementos mensuales definido por el Gobierno.
A quiénes alcanza el salario mínimo El salario mínimo rige para los trabajadores que no se encuentran alcanzados por convenios colectivos de trabajo. Además, funciona como referencia central en las negociaciones paritarias y en el cálculo de prestaciones sociales que liquida la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
La suba del SMVM impacta de manera directa en distintos programas y beneficios sociales, entre ellos:
Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación por Embarazo, ya que el ingreso del grupo familiar no debe superar el salario mínimo. Becas Progresar, que exigen ingresos familiares menores a tres veces el SMVM. Plan Hogar, destinado a subsidiar la compra de garrafas. Prestación por desempleo, cuyos montos se actualizan según el salario mínimo. Impacto en las jubilaciones La normativa vigente garantiza que los jubilados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) con 30 años de aportes efectivos cobren al menos el 82% del salario mínimo.
En enero de 2026, ese porcentaje equivale a $279.620. Sin embargo, como el haber mínimo jubilatorio asciende a $349.299,32, Anses no paga un complemento adicional, ya que el ingreso supera el piso legal establecido.
Nuevos montos de la Prestación por Desempleo El incremento del salario mínimo también actualizó los límites de la prestación por desempleo. Desde enero de 2026, los valores quedaron establecidos en:
Monto mínimo: $170.500 Monto máximo: $341.000 Anses paga esta prestación a los trabajadores en relación de dependencia que sufrieron un despido sin justa causa. El trámite debe iniciarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la desvinculación laboral.
Fuente: Diario BAE

