Establecen niveles máximos de consumo de energía en electrodomésticos
La Secretaría de Energía aprobó los niveles máximos de consumo específico de energía o mínimo de eficiencia energética de una serie de electrodomésticos, con el fin de impulsar el uso racional y eficiente de los recursos energéticos.
Lo estableció a través de la resolución 198/2011 publicada hoy en el Boletín Oficial, en el marco de lo establecido por las normas de Lealtad Comercial.
En los considerandos de la medida se indica que es política del Estado Nacional "propender a un uso racional y eficiente de los recursos energéticos, fomentando el empleo de artefactos y elementos que faciliten" ese objetivo.
Recuerda que es obligación para quienes fabriquen, importen, distribuyan y comercialicen en el país artefactos eléctricos de uso doméstico, de someter a sus productos a la certificación del cumplimiento de las normas IRAM relativas al rendimiento o eficiencia energética de cada producto.
Por este motivo, debe colocarse una etiqueta en la que se informe el rendimiento o eficiencia energética, la emisión de ruido y las demás características asociadas.
Por esa razón se aprobó como nivel máximo de consumo específico de energía o mínimo de eficiencia energética a partir del primero de septiembre de 2011, el correspondiente a la clase “C” de eficiencia energética establecido en la Norma IRAM 2404-3:1998.
Entre los productos se incluyen congeladores domésticos de apertura frontal, congeladores domésticos de apertura superior; refrigeradores y congeladores domésticos con más de dos puertas y demás aparatos.