Gobierno extiende uso de crédito fiscal de refinación de petróleo al pago de retenciones al agro

El Gobierno estableció que los certificados de crédito fiscal previstos en el marco del programa Refinación Plus serán aplicables también al pago de los derechos de exportación de mercaderías del sector agropecuario y agroindustrial, hasta el 31 de diciembre de 2022, al través del Decreto 722/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial.

El programa Refinación Plus se creó en 2008 con el objetivo de establecer incentivos a los proyectos de construcción de nuevas refinerías de petróleo o ampliación de la capacidad de refinación y conversión de plantas existentes.

Con tal propósito, se estableció un régimen de incentivos fiscales a través del otorgamiento de certificados de crédito fiscal transferibles y aplicables al pago de derechos de exportación de la actividad hidrocarburífera, para aquellas empresas productoras que aumentasen su producción de combustibles.

En diciembre de 2014 se estableció un nuevo esquema de derechos de exportación, que fijó una alícuota del 0% de retenciones en los casos en que el precio Internacional del petróleo crudo fuera igual o inferior a US$ 45 por barril; y del 8% si era igual o superior a US$ 60.

Sin embargo, el Gobierno puntualizó en el decreto actual que “la volatilidad del precio internacional del petróleo crudo –actualmente por encima de los US$ 80- y sus derivados generaron una merma considerable de las exportaciones de hidrocarburos y por ende, de los derechos de exportación asociados a tales productos”.

Al respecto subrayó que eso “conduce a la utilización paulatina de los referidos certificados de crédito fiscal y extiende considerablemente en el tiempo la compensación de los créditos otorgados”.

En consecuencia, reconoció que “las empresas beneficiarias tienen seriamente restringida la posibilidad de utilizar los certificados entregados en el marco del programa”, y afirmó que esto “dificulta que puedan absorber la totalidad del crédito fiscal generado al 31 de diciembre de 2021, y se pierde, de esta forma, el incentivo originalmente concebido como una reducción de la carga fiscal a través del pago a cuenta”.

“Ante tal escenario, la utilización de dichos certificados de crédito fiscal con los derechos de exportación para la actividad hidrocarburífera resulta insuficiente para absorber los créditos fiscales otorgados a las empresas beneficiarias del Refinación Plus, máxime en lo que se refiere a la actividad de refinación”, remarcó el decreto.

Así consideró que “corresponde implementar medidas destinadas a garantizar los niveles de rentabilidad del sector de hidrocarburos con el propósito de mantener las pautas de inversión tendientes al logro del autoabastecimiento de hidrocarburos y asegurar el cumplimiento de los principios de política hidrocarburífera”.

En este marco, señaló que “resulta razonable ampliar temporalmente la base de aplicación del pago a cuenta para permitir la cristalización del incentivo originalmente pensado y extender la aplicación de los mencionados certificados de crédito fiscal al pago de los derechos de exportación de otras mercaderías provenientes del sector agrario, las cuales son recibidas por las empresas del sector hidrocarburífero en operaciones de canje por la comercialización de gasoil en el mercado interno”.

Estas mercaderías son trigo; cebada; maíz; sorgo; habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja; aceites de soja, girasol, cártamo y algodón; residuos de la molienda y de la extracción del aceite de soja y de grasas o aceites vegetales; pellets de cáscara de soja y semillas de girasol.

Al respecto, el decreto destacó que “el contexto internacional creciente en materia de precios de commodities, tanto agrarios como agroindustriales, permitirá una efectiva utilización de los referidos certificados de crédito fiscal y facilitará una genuina materialización del incentivo fiscal”.

Además subrayó que “esta medida promueve e incentiva la actividad agraria y las economías regionales y motoriza la exportación al permitir la monetización inmediata de un crédito fiscal en la cuantía de sus derechos de exportación, que en esta actividad resultan sustancialmente mayores a los derechos de exportación de hidrocarburos”.

También indicó que “esta disposición temporal coadyuva a una mayor generación de divisas provenientes de la exportación, efecto colateral sumamente relevante en los tiempos de crisis que atraviesa el país”.

Fuente: Ámbito.com