Habilitan el uso de BOPREAL 4 para pagar impuestos, cancelar deudas fiscales y aduaneras de hasta u$s1.000 millones

Antes de la primera licitación, el Gobierno habilitó el uso de la serie 4 del Bono para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL 4) para pagar impuestos, compromisos aduaneros y deudas con el fisco.

Este miércoles, el Banco Central (BCRA) realizará la primera licitación del BOPREAL 4 por hasta u$s3.000 millones. Podrán participar los importadores con deudas comerciales previas a diciembre de 2023, las empresas con deudas intra compañía y las firmas que tienen utilidades o dividendos que no pudieron realizarse por el cepo cambiario.

El BCRA ya había establecido que, del total colocado, un tercio (es decir, hasta u$s1.000 millones) podrá ser utilizado para cancelar obligaciones impositivas y aduaneras. Este martes, a través del decreto 384/2025, el Poder Ejecutivo habilitó esa posibilidad.

BOPREAL 4: ¿qué dice el decreto? La norma determina que los tenedores del BOPREAL 4 adquiridos entre este miércoles y el 30 de septiembre "podrán darlos en pago para la cancelación de las obligaciones impositivas y aduaneras, con más sus intereses, multas y accesorios".

El decreto, de todas maneras, estableció las siguientes excepciones:

Aportes y Contribuciones destinadas al Régimen de la Seguridad Social. Contribuciones destinadas al Régimen de Obras Sociales. Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio. Las cuotas con destino a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias. Las obligaciones derivadas de la responsabilidad sustitutiva o solidaria por deudas de terceros o de su actuación como agentes de retención y percepción. Los tenedores de esta serie de los bonos podrán darlos en pago a su valor técnico calculado al tipo de cambio que resulte aplicable, según los plazos y las condiciones que estipulen la ARCA y el BCRA en sucesivas reglamentaciones.

El decreto establece que el uso del BOPREAL 4 para el pago de las obligaciones impositivas y aduaneras estará limitado a un valor máximo total equivalente a u$s1.000 millones y solo se podrá aplicar desde el 30 de abril de 2028 y hasta el 31 de octubre de 2028, ambas fechas inclusive.

"La Jefatura de Gabinete de Ministros dispondrá los ajustes presupuestarios para que se transfieran a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los montos que les correspondan por la dación en pago de obligaciones impositivas y aduaneras canceladas conforme al presente decreto, en los términos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos", aclaró el decreto firmado por Javier Milei, Guillermo Francos y Mariano Cúneo Libarona.

Con la apertura de la nueva serie del BOPREAL, el equipo económico busca darle salida a los stocks aún atrapados por el cepo a empresas aún vigente y absorber pesos para profundizar el torniquete monetario.

Fuente: Ambito