La FACPCE planteó a la AFIP una mayor simplificación
Pese a las medidas adoptadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aún restan muchas decisiones que eviten la duplicación de la información y tiendan a la simplificación en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y previsionales.
En sintonía con ello el presidente de la entidad, José L. Arnoletto, acompañado de otras autoridades de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) se reunieron con el titular de la AFIP, Alberto Abad, a fin de aportar ciertas propuestas y solicitar algunos cambios.
Los representantes de los matriculados de todo el país acercaron los lineamientos generales elaborados por la Junta de Gobierno de la FACPCE en vistas a la reforma tributaria.
Por otro lado enumeraron una serie de cuestiones que entienden deberían tratarse para agilizar los trámites y procedimientos, entre ellos:
• Sistema de Cuentas Tributarias: al respecto se planteó que necesita un proceso de actualización y mejoramiento permanente que corrija errores sistémicos, los que generan inconvenientes en los trámites de los contribuyentes (certificados fiscales, registros de operadores, etc.)
• Simplificar regímenes de información y tareas que muchas veces se encuentran duplicadas, solicitando la unificación en una sola DDJJ, Acciones y Participaciones con Bienes Personales Responsables Sustituto por dichas participaciones, agrupación en DDJJ unificada de IVA e Ingresos Brutos provinciales y eliminar el régimen CITI Compras y Ventas para emisores de comprobantes electrónicos.
También se mencionó la necesidad de cambios más profundos, aún sabiendo que no depende enteramente de la AFIP, como igualar la deducción especial de 4° Categoría para autónomos y empleados en relación de dependencia, el Monto de deducción de gastos de automotores ($ 7.200.-), el límite de deducción de créditos incobrables sin inicio de gestión judicial, el monto máximo de amortización de automóviles ($ 20.000.-), el IVA computable para automóviles, el monto máximo de deducción de Gastos de Sepelio y Seguros de Vida en Ganancias personas físicas ($ 996,23), el monto máximo de alquileres comerciales exentos en IVA ($ 1.500.-), el Monto máximo exento en bienes personales de inmuebles rurales afectados a explotación ($ 200.000), el monto máximo de valor unitario para monotributistas que vendan cosas muebles ($ 2.500).

