ECONOMÍA
La Municipalidad de Córdoba modificó la definición de Grandes Contribuyentes
Se encuadrarán en esta categoría a aquellos que durante 6 meses hayan tributado más de $ 2.500 por Comercio e Industria.
La Dirección General de Recursos Tributarios de la Municipalidad de Córdoba dejó sin efecto la Resolución General Nº 05/2008 (del 13 de mayo de 2008) donde se establecían las pautas para determinar la categoría de Grandes Contribuyentes de la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios .
Mediante la Resolución General 19/2011, fechada el 26 de septiembre, se estableció que se considerará como tales a los contribuyentes por la envergadura de sus operaciones comerciales, la índole de sus actividades empresariales y societarias, así como cualquier otro parámetro que permita determinar tal categorización.
Agrega que se considerarán encuadrados en esta categoría ("sin perjuicio de los extremos fijados precedentemente"), a los contribuyentes que durante 6 períodos mensuales su obligación tributaria resulte un promedio igual o superior a los $ 2.500.
Asimismo, se facultó al Departamento Grandes Contribuyentes para implementar el modo de cumplimiento de estas obligaciones fiscales y para "considerar e incorporar, además de los enumerados, otros parámetros que hagan factible tal categorización".
Fuente: CPCE Córdoba

