La Presidente actualizó los valores de aportes a las obras sociales
A través del decreto 488, publicado hoy en el Boletín Oficial, se multiplicó por 4 la base del monto del haber mínimo previstas por el artículo 7º de la Resolución Nº 135/09 para el cálculo de los aportes y contribuciones previstos en las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661 para los trabajadores a tiempo completo.
Esta adecuación es necesaria para que "refleje la actualidad de la relación salario - aportes y contribuciones, el incremento del salario mínimo, la liberación de los topes para los aportes y la eliminación de los topes para las contribuciones", señala en los considerando de la norma.
Además, se actualizaron los valores mínimos que el Estado debe garantizar como aporte a cada obra social, en función de la edad de los beneficiarios, establecidos en la denominada matriz de riesgo.