LABORAL
Las ART deberán pagar indemnizaciones en un solo pago
La Corte Suprema sentenció que el artículo de la ley de ART que fija el pago en cuotas es inconstitucional porque no le permite al trabajador damnificado o a su familia administrar la indemnización que le corresponde.
El Superintendente de Riesgos del Trabajo, Juan González Gaviola, agregó que, si bien los fallos judiciales sólo benefician a quienes hicieron el reclamo, carece de sentido que las ART se nieguen a extender a todos los trabajadores damnificados el pago de una sola vez.
González Gaviola aclara que de esta manera se estarían alentando los juicios, con los gastos y dilaciones en el pago de los beneficios, en un tema sobre el que ya se pronunció el máximo tribunal.
El Superintendente apoya su nota en los dichos de la Procuración del Tesoro de la Nación que sostiene que "si existe jurisprudencia reiterada favorable a los reclamos de los interesados, no parece razonable ni práctico insistir en la negativa administrativa de tales reclamos".
Por otra parte, Adrián Sasse, presidente de Unión de ART aseguró al diario: "nos parece correcto el criterio de la Superintendencia de ajustar el trámite a la realidad judicial" , aunque agregó " consideramos necesario resolver normativamente los 3 o 4 puntos de la Ley que fueron objeto de cuestionamiento por parte de la Corte Suprema".