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"Los fondos administrados por la ANSES no son embargables"
El director Ejecutivo de la ANSES, Diego Bossio, aseguró este lunes que los fondos administrados por el organismo "no son embargables" dado el carácter previsional y no comercial de los mismos, por lo que quedan resguardados ante un eventual pedido que puedan realizar los fondos buitre que litigan con Argentina.
"A pesar de la embestida que estamos sufriendo como país, es necesario llevar tranquilidad a los argentinos, ya que los fondos administrados por la ANSES no son embargables, lo que fue ratificado en 2010 por la Corte Suprema de los Estados Unidos", afirmó Bossio mediante un comunicado difundido esta tarde.
De esta manera, el titular de la ANSES desmintió "versiones periodísticas imprecisas y erróneas en ese sentido, y descartó "la posibilidad de que los fondos buitres puedan embargar recursos de la ANSES, dado el carácter previsional y no comercial de los mismos".
Este carácter inembargable de los fondos "garantiza la preservación de los recursos de los jubilados y el ahorro de los argentinos. El Estado vela por la justicia y la solidaridad en materia económica y social. Eso es innegociable", afirmó.
Para la ANSES, tanto el Fondo de Garantía de Sustentabilidad como los recursos para el pago a los 6 millones de jubilados y pensionados argentinos que viven en el país y los 17.000 que residen en el exterior se encuentran alcanzados por esta condición de inembargabilidad.
En 2008, los fondos Aurelius Capital, Aurelius Master y Blue Angel, que no ingresaron al canje de deuda, presentaron una demanda ante la Corte Federal de Nueva York pidiendo que se congelaran los activos que las AFJP poseían en los Estados Unidos hasta cubrir los 573 millones de dólares que reclamaban por títulos impagos.
El 29 de octubre de 2008, el juez Thomas Griesa hizo lugar al pedido y libró orden de embargo y ejecución de los fondos de las AFJP que se encontraban ubicados en los Estados Unidos, por alrededor de 200 millones de dólares.
El 11 de diciembre del mismo año, el juez Griesa emitió resolución confirmando dichas órdenes, en virtud de la sanción de la Ley 26.425, que transfirió los fondos gerenciados por las AFJP a la ANSES.
La ANSES apeló la decisión y el 15 de octubre de 2009, la Corte Federal de Apelaciones de Nueva York emitió resolución, haciendo lugar a los argumentos de la ANSES.
En aquella oportunidad, el tribunal entendió que el organismo previsional contaba con legitimación debido a que tenía un interés que fue afectado por las órdenes del juez Griesa y, a su vez, que los fondos de la ANSES no eran destinados a una actividad comercial en los Estados Unidos y de este modo los activos congelados tenían inmunidad contra embargo y ejecución.
Bajo esas considferaciones, la Corte revocó las órdenes de embargo y ejecución de los fondos de la ANSES en ese país. A su vez, la Corte de Apelaciones sostuvo que "el juez Griesa abusó de su discreción al emitir las órdenes".
Esa resolución fue apelada por los fondos ante la Corte Suprema de Estados Unidos, que el 3 de marzo de 2010 decidió no abrir el recurso al no encontrar violación de los principios constitucionales que rigen en los Estados Unidos, y así, ratificó lo resuelto por la Corte de Apelaciones en todos sus términos.
De esta forma, el máximo tribunal puso punto final al reclamo presentado por Aurelius Capital, al evitar dar curso al embargo solicitado tras el traspaso a la ANSES de los fondos previsionales.
Bossio además agregó que "el Estado Nacional, como lo dijo la presidenta Cristina Fernández de Kirchner durante su discurso en el Día de la Bandera, tiene la intención de pagar, pero no pondrá en riesgo el ahorro de los trabajadores argentinos".
"Los argentinos pueden estar seguros de que el Estado Nacional llegará a la solución más conveniente para el país, garantizandolos derechos políticos, sociales y económicos de todos. Así, sus ahorros seguirán creciendo, como lo han hecho hasta ahora desde la estatización de las AFJP", finalizó Diego Bossio.
Fuente: Ambito.com