Ponen en funcionamiento el Foro Nacional de la Agricultura Familiar
El Gobierno dispuso modificaciones en la composición y el funcionamiento del Foro Nacional de la Agricultura Familiar para adecuarlo a la estructura del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.
El Foro fue creado en 2006 por la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos "para el diseño y desarrollo de políticas y acciones que permitan la unidad y cohesión de esfuerzos" para un desarrollo rural sustentable.
Según la resolución 8/11, publicada hoy en el Boletín Oficial, "a pesar de las ventajas y oportunidades generadas por nuevas condiciones macroeconómicas y la situación de los mercados internacionales, éstas no alcanzaron a todos los sectores productivos del país".
Por ello, "y a fin de adecuar su accionar a la estructura del ahora Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca corresponde realizar modificaciones en la composición y el funcionamiento" del organismo.
El Foro tiene como función construir un espacio de diálogo político entre el sector estatal y la sociedad civil organizada de la agricultura familiar; proponer la ejecución de políticas públicas y el dictado de normas que impacten en las actividades económicas y productivas de la agricultura familiar, entre otros.
El mismo está integrado por el titular de la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar y los titulares de las Subsecretarías y Direcciones Nacionales que de ella dependen.
También lo integran "ad honorem" un representante de la Unidad para el Cambio Rural (UCAR), así como un representante por cada uno de los organismos descentralizados del Ministerio.
Estos son: el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA); el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), el Instituto Nacional de Vitivinicultura(INV); Organismo de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) y el Instituto Nacional de Semillas (INASE); del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM).
Además, habrá un representante por cada Región del Consejo Federal Agropecuario y dos de organizaciones de productores de la Agricultura Familiar que se encuentren registrados en el Registro Nacional de Organizaciones de la Agricultura Familiar, por provincia.