Prepagas solicitan aportes al estado para financiar tratamientos costosos
Las entidades de medicina prepaga están elaborando propuestas -algunas ya fueron presentadas al Gobierno- en busca de que las normas reglamentarias suavicen el impacto negativo que, según insisten los directivos de las empresas, traería la recientemente aprobada ley de regulación de la actividad.
Aunque no todas las entidades plantean lo mismo, entre las iniciativas figuran la fijación de condiciones para el acceso a los planes de salud de personas con enfermedades preexistentes y la participación del Estado en el financiamiento de los medicamentos ambulatorios, de los insumos y de otros gastos requeridos por quienes tienen patologías de alto costo y baja incidencia.
Según lo dispuesto en la norma votada por el Congreso, el Ministerio de Salud tiene plazo hasta noviembre para dictar la reglamentación, en tanto que las nuevas reglas de juego regirán desde principios de 2012.
El artículo de la ley con más rechazo en el sector es el que dispone que no podrá negarse la afiliación de personas con enfermedades preexistentes ni fijarse períodos de carencia (plazos iniciales de la contratación sin cobertura). El argumento de los directivos es que, al permitirse la afiliación cuando una persona ya necesita un tratamiento, se rompería la base del esquema de financiamiento del sistema, en el que un grupo mayoritario de personas sanas o con baja demanda de servicios médicos financia la atención de quienes están enfermos.
En un documento de trabajo presentado la semana pasada al ministro de Salud, Juan Manzur, la Cámara de Instituciones Médico Asistenciales (Cimara) -que reúne a casi todas las firmas líderes salvo Swiss Medical- propone que quienes tengan enfermedades puedan afiliarse a una prepaga, pero sólo si no están ya cubiertos por otra empresa, una obra social o el PAMI. Con ese esquema, la puerta se abriría para quienes dependen del hospital público, en tanto que quedaría cerrada la posibilidad de que, ante un determinado diagnóstico, un paciente pueda optar por cambiar de entidad que le da cobertura.
"Si una empresa recibió el dinero de un asociado mientras estuvo sano, creemos que debería ser la misma empresa la que afronte su tratamiento cuando está enferma; de lo contrario, pasarían cosas como una concentración de la demanda en entidades que se especializan en ciertas prácticas, como los trasplantes, y a fin de cuentas eso las haría inviables", dijo a La Nacion un referente del sector.
Con respecto a los medicamentos ambulatorios, gastos e insumos para las enfermedades de alto costo y baja incidencia, la propuesta de Cimara es prácticamente un reclamo: se busca que el Estado sea directamente proveedor, o bien que se disponga un financiamiento a través de un fondo mixto, al que aporten las empresas, otras entidades y el Estado.
La ley 26.682 estableció que las cuotas de quienes ingresen a una prepaga demandando tratamientos médicos serán más elevadas que las del resto de los afiliados.
Pero desde el sector afirman que en algunos casos, si se pensara en cobrar en función de lo que va a recibir el paciente, el monto sería tal que ese artículo perdería sentido. Fuentes gubernamentales admiten que está en estudio la posibilidad de exigir que la afiliación deba mantenerse por un período determinado que exceda el de la atención requerida (por ejemplo, en el caso de asociarse ante un parto próximo, la paciente no podría abandonar la prepaga en forma inmediata).
Un informe sobre la ley elaborado por la Asociación Civil de Actividades Médicas Integradas (Acami) -que agrupa a entidades sin fines de lucro- recomienda evaluar que se permitan contratos específicos para la cobertura de quienes ingresen con patologías preexistentes.
Las entidades sin fines de lucro quedaron al margen de la nueva ley. Sin embargo, hay instituciones líderes que consideran que, por lógica, se irán ajustando de todas formas a la letra de la regulación.
El punto de las exclusiones del alcance de la ley también disparó polémica. La Federación de Obras Sociales de Personal de Dirección expresó su rechazo a la discriminación que se hizo con ese segmento: explícitamente se dejó fuera del esquema a las obras sociales sindicales, mientras que sí quedaron comprendidas las entidades de directivos, que tienen igual naturaleza, al ser instituciones de la seguridad social (que ya cuentan con otra regulación).
Según la federación, las entidades de los sindicatos serían las únicas que quedarían posibilitadas de ofrecer planes "superadores" (por encima del Plan Médico Obligatorio) y continuar incluidas, por ellos, en el sistema de subsidios del fondo de redistribución (integrado por recursos de los aportantes y cuyo destino es solventar los tratamientos de alto costo médico, sólo en el sistema de las obras sociales). (La Nación)