LABORAL
Se aprobó norma para solicitar el reconocimiento a la parada y reparto de diarios
Se aprobó el formulario que se deberá presentar para la solicitud de reconocimiento del derecho a la parada y/o reparto de diarios y revistas, a través de una Disposición publicada hoy en el Boletín Oficial.
La Dirección de Regulación del Sistema Nacional Integrado de Venta y Distribución de Diarios, Revistas y Afines, por Disposición 1/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial, aprobó el formulario que se deberá completar para la solicitud de reconocimiento del derecho a la parada y/o reparto de diarios y revistas.
Expresa que toda persona de existencia física que se encuentre en posesión de una parada y/o reparto de diarios, revistas y afines y ejerza personalmente la actividad de vendedor, fuera de la órbita del Área Metropolitana de Buenos Aires y la Ciudad de Córdoba, podrá solicitar el reconocimiento del derecho a la parada y/o reparto de venta de diarios y revistas, e inscripción en el registro cumplimentando los recaudos establecidos en esta Disposición.
Para ello los interesados deberán encontrarse en posesión de esa parada y/o reparto al momento de entrada en vigencia de la presente y ejercer personalmente la actividad en la misma a esa fecha.
Deberán presentar el formulario (se publica como Anexo) ante la Dirección de Regulación del Sistema Nacional Integrado de Venta y Distribución de Diarios, Revistas y Afines, o en su defecto ante la respectiva Delegación Regional de la Secretaría de Trabajo, o a través de la agrupación de trabajadores representativa de los vendedores de diarios y revistas, y por su intermedio a las anteriores.
Tras recibir el formulario de inscripción por la Dirección de Regulación del Sistema Nacional Integrado de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas y satisfecha la acreditación, el Ministerio de Trabajo extenderá al solicitante el certificado que legaliza su situación registral.
La resolución lleva la firma del director de Regulación, Fernando Ausas.
En los considerandos expresa que se advierte la necesidad de regularizar la situación de los trabajadores vendedores de diarios, revistas y afines en el denominado Interior del País, por medio de un procedimiento acorde a la heterogeneidad que presenta la actividad según la localidad de la que se trate.
Explica que las formas de verificación del ejercicio personal de la actividad por parte del Vendedor son diversas, según la realidad de la localidad/plaza de la que se trate, tal como fue constatado tomando como referencia las experiencias de campo y relevamiento en las localidades de La Plata, San Fernando del Valle de Catamarca, San Miguel de Tucumán, Ciudad de Corrientes, Ciudad de Santa Fe, Ciudad de Rosario, y otras.
Explica que existe en las localidades del denominado Interior del país un sesgo relativo al ejercicio exclusivo de venta de diarios locales por parte de una parte importante de los trabajadores de la actividad y que por ello no resulta suficiente la información y los datos provenientes de los Agentes Distribuidores de Publicaciones a nivel Local para constatar dicho ejercicio.
Asimismo –agrega-, se presentan casos verificados en los que la entrega de las publicaciones a los Vendedores se realiza sin mediar la emisión de factura y/o remito por parte del Editor, y en condiciones y medio ambiente de marcada precariedad.
Agrega que a fin de profundizar el alcance del Registro por medio de una solución apropiada corresponde establecer un procedimiento de convocatoria de vendedores tendiente a agilizar el trámite de reconocimiento e inscripción, previo cumplimiento de los requisitos enumerados.
Fuente: Secretaría de Comunicación Pública

