Secretaría de Comercio Interior solicitó a la Justicia que investigue el fallo que autorizó el aumento en Cablevisión
La Secretaría de Comercio Interior, realizó una presentación contra el juez federal de Córdoba Ricardo Bustos Fierro, para que determine si existió algún tipo de delito en el pronunciamiento hecho por el magistrado en una causa en la autorizó a la empresa Cablevisión a cobrar el abono básico con aumento.
La presentación está en curso ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.
Entre los hechos que motivaron la presentación, el director de Legales del Area, Hernán Brahim, recordó el fallo dispuesto el 4 de abril pasado por el juez Bustos Fierro, en el que dispuso la suspensión de las resoluciones 50/2010 y 36/2011 tomadas por la Secretaría de Comercio Interior.
La primera resolución determina una fórmula para la actualización del abono básicos de la televisión por cable, mientras que a través de la segunda fijó un valor de 109 pesos por mes por ese concepto para los meses de enero, febrero, marzo y abril, y la devolución a los usuarios de los montos cobrados de más durante ese período, cuando la empresa elevó a 147 pesos el abono básico.
El escrito, tras brindar detalles sobre la presentación formulada por Cablevisión en contra de las resoluciones de la Secretaría de Comercio señala que el juez -en el considerando de la Resolución Interlocutoria- dijo que "en el caso, la tensión entre el interés público en juego y el interés del particular accionante, se inclina a favorecer al segundo", entre otras cuestiones.
La presentación de Brahim advierte que, el doctor Bustos Fierro "ha tenido en consideración que la eventual demanda a iniciar por Cablevisión contra el Estado Nacional habrá de incurrir un reclamo indemnizatorio por daños y perjuicios, a su vez ha tenido en consideración que el monto del perjuicio ascendería (según los números aportados por la empresa) a más de 1.300 millones de pesos".
A renglón seguido, la presentación sostiene que a pesar del citado monto el juez estableció "que la tasa de justicia a depositar ascienda a 69,97 pesos".
"Ciertamente dichas cuantificaciones no han podido ser comprendidas -por el suscripto- a partir del estudio de la Ley número 23.898, siendo que la norma indicada es de cumplimiento obligatorio y tiene fines superiores al interés de las partes", señala la presentación hecha por el funcionario.
En otro tramo del escrito, Brahim recuerda que "a todas las actuaciones, cualquiera sea su naturaleza, susceptibles de apreciación pecunaria se aplicará una tasa del 3 por ciento, siempre que esta ley u otra disposición legal establezca una resolución especial para el caso", según señala el artículo 2 de la Ley 23.898 que regula a este tipo de cuestiones.
En base a este último artículo, y tomando a la cifra de 1.300 millones de pesos argumentada por la empresa como parámetro, "el monto de la tasa de justicia alcanzaría a "más de" 39 millones de pesos", advierte el funcionario en la presentación en la que pide que la Cámara de Apelaciones "determine la existencia de delito, su tipicidad y autores (en los distintos grados de participación que pudieran corresponder)".
(Telam)