ARCA adelanta vencimientos de impuestos de noviembre y diciembre 2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece, con carácter de excepción, el 25 de noviembre de 2025 como fecha de vencimiento para cumplir con la presentación de las declaraciones juradas y el ingreso de las obligaciones cuyos vencimientos originales fueran fijados para los días 26 y 27 de noviembre del corriente año, y el 26 de diciembre de 2025 para aquellas cuyo vencimiento original fuera previsto para el 29 de diciembre del mismo año.
El adelanto de las fechas de vencimientos de impuestos de ARCA se hizo oficial a través de la Resolución General 5787/2025.
ARCA adelanta vencimientos de noviembre y diciembre: cuáles son las nuevas fechas ARCA establece con carácter de excepción, el día 25 de noviembre de 2025 como fecha de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas y el ingreso de las obligaciones tributarias con vencimientos fijados originalmente para los días 26 y 27 de noviembre del corriente año, conforme se detalla a continuación:
1. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO:
1.1. Régimen general: presentación de la declaración jurada mensual e ingreso del saldo resultante correspondientes al período fiscal octubre de 2025 -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) finalizadas en 8 y 9-..
1.2. Micro y Pequeñas Empresas: presentación de la declaración jurada del período fiscal octubre de 2025 e ingreso diferido del saldo resultante del período fiscal agosto de 2025 -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) finalizadas en 8 y 9-..
1.3. Actividad agropecuaria: presentación de la declaración jurada del período fiscal octubre de 2025 e ingreso anual del gravamen correspondiente a ejercicios con cierre en octubre de 2025 -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) finalizadas en 8 y 9-.
2. IMPUESTO A LAS ENTRADAS DE ESPECTÁCULOS CINEMATOGRÁFICOS (empresas o entidades exhibidoras de películas cinematográficas): ingreso del impuesto determinado correspondiente a la localidad o boleto entregado en el período comprendido entre el 16 y el 22 de noviembre de 2025, ambos inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-..
3. IMPUESTOS INTERNOS - CIGARRILLOS (empresas manufactureras e importadores de cigarrillos): presentación de la declaración jurada e ingreso del gravamen correspondientes al expendio de los productos realizados en el período comprendido del 11 al 20 de noviembre de 2025, ambos inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-.
4. IMPUESTO ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS (empresas manufactureras e importadores de cigarrillos): presentación de la declaración jurada e ingreso del gravamen correspondientes al expendio de los productos realizados en el período comprendido del 11 al 20 de noviembre de 2025, ambos inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-.
5. REGÍMENES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN: ingreso del importe total de las retenciones y/o percepciones impositivas y de la seguridad social practicadas entre los días 1 y 15 de noviembre de 2025, ambas fechas inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT) finalizadas en 4, 5, 6, 7, 8 y 9-
En tanto, ARCA establece, con carácter de excepción, el día 26 de diciembre de 2025 como fecha de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas y el ingreso de las obligaciones tributarias con vencimiento fijado originalmente para el día 29 de diciembre del corriente año, conforme se detalla a continuación:
1. IMPUESTO SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y AL DIÓXIDO DE CARBONO - Régimen de anticipos: ingreso del segundo anticipo diciembre de 2025 -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-.
2. IMPUESTOS INTERNOS - CIGARRILLOS (empresas manufactureras e importadores de cigarrillos): presentación de la declaración jurada e ingreso del gravamen correspondientes al expendio de los productos realizados en el período comprendido del 11 al 20 de diciembre de 2025, ambos inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-.
3. IMPUESTO ADICIONAL DE EMERGENCIA A LOS CIGARRILLOS (empresas manufactureras e importadores de cigarrillos): presentación de la declaración jurada e ingreso del gravamen correspondientes al expendio de los productos realizados en el período comprendido del 11 al 20 de diciembre de 2025, ambos inclusive -Claves Únicas de Identificación Tributaria (CUIT): todas las terminaciones-.
Fuente: iProfesional.com

