ARCA cambió las reglas para los depósitos en dólares y la retención del Impuesto a las Ganancias
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una modificación en el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias aplicable a determinadas rentas, al incorporar expresamente los intereses originados por depósitos en moneda extranjera dentro del esquema vigente. La medida fue formalizada a través de la Resolución General 5822/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.
La norma introduce cambios en la Resolución General Nº 830, que regula el régimen de retención y de ingreso del impuesto sobre determinadas ganancias, y se enmarca en el proceso de simplificación tributaria impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional.
Qué establece la resolución de ARCA En concreto, la resolución incorpora como punto 6 del inciso a) del Anexo III de la Resolución General Nº 830 a los intereses “originados por depósitos en moneda extranjera, realizados por personas humanas y sucesiones indivisas en las entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526”.
De esta manera, dichos rendimientos quedan alcanzados por el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias, siempre que correspondan a beneficiarios del país y no se encuentren exentos o excluidos del gravamen.
En los considerandos, la ARCA señaló que la medida se inscribe en una estrategia orientada a restaurar la confianza en el sistema institucional, estabilizar las variables macroeconómicas y fomentar la formalización de la actividad productiva. En ese sentido, recordó que el Decreto Nº 353/2025 impulsó acciones de simplificación tributaria para reducir la presión fiscal formal y los costos administrativos.
Asimismo, el organismo mencionó las reformas introducidas por la Ley Nº 27.799, que modificó el Procedimiento Tributario y el Régimen Penal Tributario, con el objetivo de reducir la carga del cumplimiento fiscal y racionalizar la normativa vigente, en el marco de la denominada Ley de Inocencia Fiscal.
La resolución, firmada por el director ejecutivo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, Andrés Edgardo Vázquez, establece que las disposiciones entran en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, desde este martes.
Fuente: Ambito
