ACTIVIDADES ALCANZADAS A LA ALÍCUOTA 0%

Ya está operativo el empadronamiento

Desde hoy, los sujetos que desarrollen alguna de las actividades que hasta el 31 de diciembre de 2008 se encontraban alcanzadas en el impuesto sobre los ingresos brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la alícuota 0% y que a partir del 1º de enero de 2009 pasaron a estar exentas de pleno derecho –en virtud de las modificaciones introducidas al Código Fiscal por la Ley Nº 2.997– pueden llevar a cabo el empadronamiento como entidades exentas, a fin de que los agentes de recaudación no procedan a practicar la retención y/o percepción correspondiente. Para ello, deberán primeramente habilitar la Clave Fiscal de la A.F.I.P. para operar con el servicio “Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Empadronamiento de Exentos ISIB”.

Paso seguido se deberá ingresar a la página web de la A.G.I.P. a la opción “Ingresos Brutos” y dentro de ésta al ítem “Exentos”, a fin de proceder al empadronamiento. De conformidad con lo establecido por la Resolución Nº 33/2009 (A.G.I.P.) el empadronamiento deberá llevarse a cabo hasta las siguientes fechas:

a) Operaciones realizadas por fundaciones, asociaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, asistencia social, científicas, culturales y deportivas, sin fines de lucro (artículo 141, inciso 21): Hasta el 31 de marzo de 2009.

b) Procesos industriales (artículo 141, inciso 25), construcción de inmuebles destinados a viviendas unifamiliares y/o multifamiliares (artículo 141, inciso 26) y nuevos emprendimientos localizados en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con un mínimo de tres puestos de trabajo y cuyos ingresos sean superiores a $ 350.000 (artículo 141, inciso 28): Hasta el 28 de febrero de 2009. Si no se cumple en término, los contribuyentes serán pasibles de retención y de percepción hasta tanto no formalicen su presentación.

A fin de dar cumplimiento al empadronamiento, los contribuyentes deberán contar previamente con la inscripción como contribuyentes del impuesto. A.G.I.P. publicará mensualmente en su página web la nómina de sujetos empadronados como exentos, la que deberá ser consultada por los agentes de recaudación.

Santos Romero egresó en 2002 como contadora pública nacional de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ). Actualmente, se desempeña como secretaria de redacción y asesora impositiva de Aplicación Tributaria S.A.

La autora lleva publicado numerosos artículos sobre temas impositivos y laborales. Además, es autora del libro "Guía de Trámites Básicos" e "Inmuebles" (Editorial Aplicación Tributaria S.A. 2007)

Junto a la cdora Lorena De Luca, la autora escribió el libro Agentes de Recaudación que salió recientemente a la venta.